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INQUIETUDES NACIONALES

Por: Tema(s): En: El Comercio 24 mayo 2008, p. 5Resumen: EL autor contesta inquietudes relacionadas con: Está por aceptarse el fracaso administrativo de la Armada Nacional en la administración del petróleo. ¿Por dónde empezar de nuevo? ¿Se habrá convencido el Gobierno de la necesidad de la seguridad jurídica en este campo? El Estado es un mal empresario. Sus funciones, habilidades y responsabilidades son distintas y muy precisas. Por eso otra vez tenemos frente a nosotros el resultado de la gestión de una empresa pública: abundantes ofertas de metas y compromisos adquiridos al inicio de una gestión, pocos logros e innumerables justificativos sobre el pobre desempeño. Petroecuador, lo dicen los propios administradores actuales es una empresa caotizada, que no defiende ningún interés público, sino el de sus trabajadores y proveedores de servicios, quienes con las excepciones de rigor la mantienen secuestrada y no permiten su rehabilitación. 2. ¿El acuerdo 'Marco con flexibilidad' entre la CAN y la UE puede considerarse un avance significativo?. En lugar de ello podría afirmarse que este Marco General para las negociaciones entre la UE y la CAN es la boya salvavidas que ha permitido superar una situación extremadamente compleja que tenía poquísimas posibilidades de continuidad. Las negociaciones "respiran" por el momento, pero tienen frente a sí vallas de desentendimiento, internas en la CAN y con la UE, que están por verse si podrán superarse. 3. ¿Hasta qué punto el BEV es una institución financiera confiable para manejar los proyectos inmobiliarios de la Mutualista Benalcázar?. En este proceso el BEV no va a manejar estos proyectos. Por lo menos no constan dentro de los activos que fueron excluidos del balance de la M. Benalcázar y entregados en compensación para el pago a los depositantes de valores pequeños. Los bienes inmuebles que forman parte de esta etapa son producto de daciones en pago, en los cuales debemos entender que no existen cuentas pendientes con promitentes compradores de departamentos ni deudas con terceros. 4. ¿La proyección de deducción para efectos del Impuesto a la Renta podrá realizarse o aplicarse durante el mismo año por los empleados, o deberán esperar para el año siguiente y demandar la devolución? ¿Es obligación del empleador aceptarlos?. El SRI mediante resolución 621 determina que los trabajadores deben presentar en enero la proyección de gastos personales deducibles. El empleador no tiene responsabilidad sobre esta información, debiendo los trabajadores volver a hacerlo en octubre de cada año mediante un nuevo documento de sustento de estos gastos, con el cual nuevamente el empleador debe reliquidar el Impuesto a la Renta proyectado y efectuar las retenciones pertinentes.
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EL autor contesta inquietudes relacionadas con: Está por aceptarse el fracaso administrativo de la Armada Nacional en la administración del petróleo. ¿Por dónde empezar de nuevo? ¿Se habrá convencido el Gobierno de la necesidad de la seguridad jurídica en este campo? El Estado es un mal empresario. Sus funciones, habilidades y responsabilidades son distintas y muy precisas. Por eso otra vez tenemos frente a nosotros el resultado de la gestión de una empresa pública: abundantes ofertas de metas y compromisos adquiridos al inicio de una gestión, pocos logros e innumerables justificativos sobre el pobre desempeño. Petroecuador, lo dicen los propios administradores actuales es una empresa caotizada, que no defiende ningún interés público, sino el de sus trabajadores y proveedores de servicios, quienes con las excepciones de rigor la mantienen secuestrada y no permiten su rehabilitación. 2. ¿El acuerdo 'Marco con flexibilidad' entre la CAN y la UE puede considerarse un avance significativo?. En lugar de ello podría afirmarse que este Marco General para las negociaciones entre la UE y la CAN es la boya salvavidas que ha permitido superar una situación extremadamente compleja que tenía poquísimas posibilidades de continuidad. Las negociaciones "respiran" por el momento, pero tienen frente a sí vallas de desentendimiento, internas en la CAN y con la UE, que están por verse si podrán superarse. 3. ¿Hasta qué punto el BEV es una institución financiera confiable para manejar los proyectos inmobiliarios de la Mutualista Benalcázar?. En este proceso el BEV no va a manejar estos proyectos. Por lo menos no constan dentro de los activos que fueron excluidos del balance de la M. Benalcázar y entregados en compensación para el pago a los depositantes de valores pequeños. Los bienes inmuebles que forman parte de esta etapa son producto de daciones en pago, en los cuales debemos entender que no existen cuentas pendientes con promitentes compradores de departamentos ni deudas con terceros. 4. ¿La proyección de deducción para efectos del Impuesto a la Renta podrá realizarse o aplicarse durante el mismo año por los empleados, o deberán esperar para el año siguiente y demandar la devolución? ¿Es obligación del empleador aceptarlos?. El SRI mediante resolución 621 determina que los trabajadores deben presentar en enero la proyección de gastos personales deducibles. El empleador no tiene responsabilidad sobre esta información, debiendo los trabajadores volver a hacerlo en octubre de cada año mediante un nuevo documento de sustento de estos gastos, con el cual nuevamente el empleador debe reliquidar el Impuesto a la Renta proyectado y efectuar las retenciones pertinentes.

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