INSTITUCIONES FINANCIERAS DEBEN MOSTRAR SUS RIESGOS
Tema(s): En: El Financiero 22 mayo. 1998, p. 1Resumen: Varios actores de la actividad financiera y bursátil ecuatoriana coinciden en señalar en la necesidad y utilidad de establecer, de manera obligatoria, la calificación de riesgo para las instituciones financieras y para todos los papeles que emiten, y no solo para los títulos de deuda, como sucede actualmente. Ante la existencia de un acuerdo, casi general, sobre la obligatoriedad de la calificación de riesgo para las instituciones financieras, es de esperar que el Congreso Nacional apruebe la Ley de Creación del Seguro de Depósitos, donde se establece la obligatoriedad para los depósitos de corto y largo plazo de las instituciones financieras.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-014891 (Navegar estantería(Abre debajo)) | El Financiero. 22 mayo. 1998, p. 1 | Disponible |
Varios actores de la actividad financiera y bursátil ecuatoriana coinciden en señalar en la necesidad y utilidad de establecer, de manera obligatoria, la calificación de riesgo para las instituciones financieras y para todos los papeles que emiten, y no solo para los títulos de deuda, como sucede actualmente. Ante la existencia de un acuerdo, casi general, sobre la obligatoriedad de la calificación de riesgo para las instituciones financieras, es de esperar que el Congreso Nacional apruebe la Ley de Creación del Seguro de Depósitos, donde se establece la obligatoriedad para los depósitos de corto y largo plazo de las instituciones financieras.
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