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LIMITES DEL ARBITRAJE

Por: Tema(s): En: El Comercio 14 oct. 2002, p. A. 4Resumen: La controversia entre el Servicio de Rentas Internas y algunas compañías petroleras sobre la devolución del impuesto al valor agregado (IVA), que tanta irritación y daño está causando al país, debe resolverse de la manera más expedita y justa posible. Pero no necesariamente el arbitraje es la vía para hacerlo. El cobro de impuestos, o su devolución, son, por antonomasia, materias que atañen a la soberanía de un Estado y no pueden estar sujetos a la interpretación de árbitros. Entonces, lo único susceptible de arbitraje sería definir si en la negociación de los contratos con la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, las compañías consideraron al IVA como un costo, en cuyo caso no procedería la devolución del IVA; o, si no lo hicieron, procede su devolución, desde luego cumpliendo los requisitos y con las restricciones que se aplican a todo exportador.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Comercio. 14 oct. 2002, p. A. 4 Disponible

La controversia entre el Servicio de Rentas Internas y algunas compañías petroleras sobre la devolución del impuesto al valor agregado (IVA), que tanta irritación y daño está causando al país, debe resolverse de la manera más expedita y justa posible. Pero no necesariamente el arbitraje es la vía para hacerlo. El cobro de impuestos, o su devolución, son, por antonomasia, materias que atañen a la soberanía de un Estado y no pueden estar sujetos a la interpretación de árbitros. Entonces, lo único susceptible de arbitraje sería definir si en la negociación de los contratos con la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, las compañías consideraron al IVA como un costo, en cuyo caso no procedería la devolución del IVA; o, si no lo hicieron, procede su devolución, desde luego cumpliendo los requisitos y con las restricciones que se aplican a todo exportador.

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