MANOSEANDO A "SOLIDARIDAD"
Tema(s): En: El Comercio 4 sep. 1997, p. A.4Resumen: Con ocasión de la discusión de la Ley de la Corporación Financiera Nacional, se introdujo en el Congreso una reforma a la Ley de Creación del Fondo de Solidaridad que establece que los recursos del Fondo se invertirán preferentemente en el país a través de la CFN. En primer lugar, el Congreso debió aprovechar la oportunidad para reformar la CFN, convirtiéndola en una sociedad anónima y permitiéndole abrir su capital al capital privado y así aumentar sus recursos. En segundo lugar, al pretender eliminar una ley al determinar la preferencia, el Congreso atenta contra la inviolabilidad del patrimonio del Fondo de Solidaridad. Si se puede meter mano en las operaciones del Fondo, en pocos años el Estado habrá vendido sus empresas. Tercero: es plausible la actitud de las autoridades de la Corporación al expresar que el concepto de preferencia debe darse en condiciones que aseguren la rentabilidad con aceptables condiciones de seguridad y liquidez. No hay necesidad de demostrar que las operaciones de mercado del Fondo deban darse preferentemente en el mercado nacional. Por último, es indispensable que la clase política adquiera un mayor poder de reflexión para resolver los temas económicos.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-011786 (Navegar estantería(Abre debajo)) | El Comercio. 4 sep. 1997, p. A.4 | Disponible |
Con ocasión de la discusión de la Ley de la Corporación Financiera Nacional, se introdujo en el Congreso una reforma a la Ley de Creación del Fondo de Solidaridad que establece que los recursos del Fondo se invertirán preferentemente en el país a través de la CFN. En primer lugar, el Congreso debió aprovechar la oportunidad para reformar la CFN, convirtiéndola en una sociedad anónima y permitiéndole abrir su capital al capital privado y así aumentar sus recursos. En segundo lugar, al pretender eliminar una ley al determinar la preferencia, el Congreso atenta contra la inviolabilidad del patrimonio del Fondo de Solidaridad. Si se puede meter mano en las operaciones del Fondo, en pocos años el Estado habrá vendido sus empresas. Tercero: es plausible la actitud de las autoridades de la Corporación al expresar que el concepto de preferencia debe darse en condiciones que aseguren la rentabilidad con aceptables condiciones de seguridad y liquidez. No hay necesidad de demostrar que las operaciones de mercado del Fondo deban darse preferentemente en el mercado nacional. Por último, es indispensable que la clase política adquiera un mayor poder de reflexión para resolver los temas económicos.
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