SOLO CON FINLANDIA SE HA LLEGADO A FINALIZAR EL TRATADO DE INVERSIONES
Tema(s): En: El Universo 26 abr. 2011, p. 8Resumen: Finlandia es la única nación que ha recibido -hasta el momento-la notificación del gobierno de Ecuador de dar por terminado el Convenio sobre Promoción y Protección de Inversiones. El 28 de septiembre del 2009 la presidencia de la República inició el proceso para dejar sin efecto los acuerdos con 13 naciones: Finlandia, Suecia, Canadá, China, Países Bajos, Alemania, Francia, Reino Unido e Irlanda, Argentina, Chile, Venezuela, Suiza y Estados Unidos. En una comunicación enviada por el presidente Rafael Correa al titular de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero, argumentó que los Tratados Bilaterales de Inversiones (TBI) contienen cláusulas contrarias a la Constitución y lesivas para los intereses nacionales, como la de someter al Estado ecuatoriano a arbitrajes internacionales para la solución en caso de conflictos relativos a dichos convenios, desconociendo la jurisdicción ecuatoriana.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | El Universo. 26 abr. 2011, p. 8 | Disponible |
Finlandia es la única nación que ha recibido -hasta el momento-la notificación del gobierno de Ecuador de dar por terminado el Convenio sobre Promoción y Protección de Inversiones. El 28 de septiembre del 2009 la presidencia de la República inició el proceso para dejar sin efecto los acuerdos con 13 naciones: Finlandia, Suecia, Canadá, China, Países Bajos, Alemania, Francia, Reino Unido e Irlanda, Argentina, Chile, Venezuela, Suiza y Estados Unidos. En una comunicación enviada por el presidente Rafael Correa al titular de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero, argumentó que los Tratados Bilaterales de Inversiones (TBI) contienen cláusulas contrarias a la Constitución y lesivas para los intereses nacionales, como la de someter al Estado ecuatoriano a arbitrajes internacionales para la solución en caso de conflictos relativos a dichos convenios, desconociendo la jurisdicción ecuatoriana.
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