LOS COSTOS BANCARIOS SE REVISARAN
Tema(s): En: Expreso 8 mar. 2009, p. 12Resumen: En la Superintendencia de Bancos empezó la cuenta regresiva para establecer cuáles de los servicios que presta la banca serán considerados como "actividades propias del giro del negocio" y que, por lo tanto, no deberán tener costo. Según Camilo Valdivieso, asesor general de la Superintendencia de Bancos, todavía "se está desarrollando la nueva metodología que deberá aplicar la Superintendencia para el cálculo de las tarifas por los distintos servicios financieros". La base legal es el artículo 201 de la Ley de Instituciones del Sistema Financiero, que fue reformado por la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera. La misma ley le dio a la autoridad de control un plazo de tres meses para definir la metodología. El plazo vence el próximo 31 de marzo. A partir de esa fecha los bancos solo podrán cobrar en determinados casos, como las transferencias, la certificación de cheques o por emitir una referencia bancaria, entre otros.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | Expreso. 8 mar. 2009, p. 12 | Disponible |
En la Superintendencia de Bancos empezó la cuenta regresiva para establecer cuáles de los servicios que presta la banca serán considerados como "actividades propias del giro del negocio" y que, por lo tanto, no deberán tener costo. Según Camilo Valdivieso, asesor general de la Superintendencia de Bancos, todavía "se está desarrollando la nueva metodología que deberá aplicar la Superintendencia para el cálculo de las tarifas por los distintos servicios financieros". La base legal es el artículo 201 de la Ley de Instituciones del Sistema Financiero, que fue reformado por la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera. La misma ley le dio a la autoridad de control un plazo de tres meses para definir la metodología. El plazo vence el próximo 31 de marzo. A partir de esa fecha los bancos solo podrán cobrar en determinados casos, como las transferencias, la certificación de cheques o por emitir una referencia bancaria, entre otros.
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