Imagen de Google Jackets

LA CAN LIBERA MERCADO DE SERVICIOS

Tema(s): En: Expreso 29 ago. 2008, p. 10Resumen: Luego de 10 años de acordado, el pasado 21 de agosto entró en vigencia la resolución de 439 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) que permite la liberalización inmediata del mercado de servicios entre los países miembros de la organización (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia). Está decisión andina incluye la eliminación de las protecciones a los Servicios Financieros y de Televisión Abierta, que eran considerados como ítems de alta sensibilidad por los cuatro países miembros. La vigencia de esta decisión, según técnicos de la Cancillería, pondría en riesgo al sistema financiero local, ya que permite el ingreso de cualquier agente vendedor de seguros o institución financiera de Colombia, Perú o Bolivia sin cumplir la normativa nacional que, entre otras cosas, establece que para abrir una sucursal el banco extranjero debe realizar una fuerte inversión. Es decir, desde el pasado 22 de agosto, cualquier banco de la comunidad puede ofrecer sus servicios en el Ecuador, sin necesidad de abrir una sucursal u ofrecer un seguro sin que tenga una dependencia en territorio nacional.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Signatura topográfica Info Vol Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO Expreso. 29 ago. 2008, p. 10 Disponible

Luego de 10 años de acordado, el pasado 21 de agosto entró en vigencia la resolución de 439 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) que permite la liberalización inmediata del mercado de servicios entre los países miembros de la organización (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia). Está decisión andina incluye la eliminación de las protecciones a los Servicios Financieros y de Televisión Abierta, que eran considerados como ítems de alta sensibilidad por los cuatro países miembros. La vigencia de esta decisión, según técnicos de la Cancillería, pondría en riesgo al sistema financiero local, ya que permite el ingreso de cualquier agente vendedor de seguros o institución financiera de Colombia, Perú o Bolivia sin cumplir la normativa nacional que, entre otras cosas, establece que para abrir una sucursal el banco extranjero debe realizar una fuerte inversión. Es decir, desde el pasado 22 de agosto, cualquier banco de la comunidad puede ofrecer sus servicios en el Ecuador, sin necesidad de abrir una sucursal u ofrecer un seguro sin que tenga una dependencia en territorio nacional.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.