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GOBIERNO DICTA LA SUERTE DE OCCIDENTAL

Tema(s): En: Dinero, Diario de Negocios 12 mayo 2005, p. 6Resumen: El caso de la caducidad del contrato de participación del bloque 15 de Occidental y de los convenios operacionales de explotación unificada de los campos petroleros Edén Yuturi y Limoncocha será una decisión de Gobierno, aunque legalmente le corresponde al ministro de Energía. El titular de esa cartera, Fausto Cordovez, informó que se reunirá con el ministro de Economía, Rafael Correa, y el procurador del Estado para hacer consultas al presidente Alfredo Palacio. "De esta reunión, que será muy seria y ecuatoriana, saldrá la decisión definitiva", dijo. Sin embargo, el consultor Augusto Tandazo asegura que el ministro tiene que resolver en aplicación de la jurisdicción administrativa que le concede la Ley de Hidrocarburos. Por lo tanto, "no cabe que realice consultas de ningún género, por cuanto la decisión que debe adoptar no es de carácter político sino de índole judicial-administrativa". Señaló que lo único que procede es la aplicación de la Ley, que, en este caso, es la caducidad del contrato.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO Dinero, Diario de Negocios. 12 mayo 2005, p. 6 Disponible

El caso de la caducidad del contrato de participación del bloque 15 de Occidental y de los convenios operacionales de explotación unificada de los campos petroleros Edén Yuturi y Limoncocha será una decisión de Gobierno, aunque legalmente le corresponde al ministro de Energía. El titular de esa cartera, Fausto Cordovez, informó que se reunirá con el ministro de Economía, Rafael Correa, y el procurador del Estado para hacer consultas al presidente Alfredo Palacio. "De esta reunión, que será muy seria y ecuatoriana, saldrá la decisión definitiva", dijo. Sin embargo, el consultor Augusto Tandazo asegura que el ministro tiene que resolver en aplicación de la jurisdicción administrativa que le concede la Ley de Hidrocarburos. Por lo tanto, "no cabe que realice consultas de ningún género, por cuanto la decisión que debe adoptar no es de carácter político sino de índole judicial-administrativa". Señaló que lo único que procede es la aplicación de la Ley, que, en este caso, es la caducidad del contrato.

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