Imagen de Google Jackets

AHORRO PREVISIONAL Y REACTIVACION PRODUCTIVA

Por: Tema(s): En: El Telégrafo 7 ene. 2005, p. A. 4Resumen: La potencial declaratoria de inconstitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional bajo el argumento de la "solidaridad", de diversos artículos sustantivos de la Ley de Seguridad Social encaminados a conferir el derecho de libre elección del afiliado y los medios de ejercicio de ese derecho, más las cifras alarmantes de aumento de Gasto Corriente y endeudamiento neto público, preocupa enormemente al finalizar este 2004. En paralelo, notas de prensa publicadas durante la última semana del 2004 expresan la intención de las autoridades del IESS de solicitar a la Superintendencia de Bancos la expedición de normativas que permitan la inversión de los recursos de la seguridad social en el exterior durante el 2005. Es inconcebible que las escasas fuentes de recursos a largo plazo con que contamos, no sean canalizadas de forma apropiada a la generación de empleo dentro del País y evitar así el drama de la pobreza y migración de miles de compatriotas que anualmente dejan el País en busca de mejores días. La "solidaridad" debe entenderse no del asegurado para con los administradores del IESS y los vendedores de bienes y servicios, sino del asegurado, privilegiado con empleo, para con el desempleado y subempleado. El ahorro obligatorio del asegurado debe servir para asegurar una pensión similar a la que el trabajador tenía en actividad, para volver al trabajador en capitalista y, por solidaridad, contribuir a aumentar las fuentes de empleo. Hoy se rumora que en el proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Social, de iniciativa del Ejecutivo, se plantearía eliminar la obligatoriedad que el IESS invierta con equidad regional según el articulo 34 de la Ley de Descentralización del Estado.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Signatura topográfica Info Vol Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Telégrafo. 7 ene. 2005, p. A. 4 Disponible

La potencial declaratoria de inconstitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional bajo el argumento de la "solidaridad", de diversos artículos sustantivos de la Ley de Seguridad Social encaminados a conferir el derecho de libre elección del afiliado y los medios de ejercicio de ese derecho, más las cifras alarmantes de aumento de Gasto Corriente y endeudamiento neto público, preocupa enormemente al finalizar este 2004. En paralelo, notas de prensa publicadas durante la última semana del 2004 expresan la intención de las autoridades del IESS de solicitar a la Superintendencia de Bancos la expedición de normativas que permitan la inversión de los recursos de la seguridad social en el exterior durante el 2005. Es inconcebible que las escasas fuentes de recursos a largo plazo con que contamos, no sean canalizadas de forma apropiada a la generación de empleo dentro del País y evitar así el drama de la pobreza y migración de miles de compatriotas que anualmente dejan el País en busca de mejores días. La "solidaridad" debe entenderse no del asegurado para con los administradores del IESS y los vendedores de bienes y servicios, sino del asegurado, privilegiado con empleo, para con el desempleado y subempleado. El ahorro obligatorio del asegurado debe servir para asegurar una pensión similar a la que el trabajador tenía en actividad, para volver al trabajador en capitalista y, por solidaridad, contribuir a aumentar las fuentes de empleo. Hoy se rumora que en el proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Social, de iniciativa del Ejecutivo, se plantearía eliminar la obligatoriedad que el IESS invierta con equidad regional según el articulo 34 de la Ley de Descentralización del Estado.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.