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UNA LEY PARA DAR GARANTIAS DE INVERSION

Tema(s): En: El Comercio 2 jun. 2004, p. B. 1Resumen: El proyecto del Ejecutivo para garantizar el ingreso de nueva inversión privada, en la generación de energía eléctrica, contempla desde la intervención de las distribuidoras incumplidas hasta la destitución de sus administradores. Estas propuestas están incluidas en un proyecto de seis artículos y dos disposiciones que aún son parte del análisis entre el Banco Central, Ministerio de Economía y el Consejo Nacional de Electricidad. Este será enviado al Congreso como proyecto de Ley Orgánica del Régimen de Garantías para el Sector Eléctrico. Éste conceptualiza la constitución por parte de Economía del "Fideicomiso de Fomento del Sector Eléctrico". Tendrá un fondo de 500 millones de dólares a través de la emisión de bonos del Estado a 12 años plazo y una tasa de interés de Libor a seis meses reajustable semestralmente. Con este fondo, el Estado garantizará a las nuevas centrales de generación el pago puntual de la energía vendida en el Mercado Eléctrico Mayorista. El orden de prelación de cancelación propuesto es el siguiente: los generadores privados o aquellos en los cuales existe capital privado con una participación mínima del 20 por ciento. Segundo, el transmisor; luego los generadores de propiedad el Fondo de Solidaridad o aquellos de propiedad total del Estado. Y, finalmente, se reconocerá el Valor Agregado de Distribución que es el recurso operativo para las distribuidoras de energía eléctrica. Para restituir esos recursos, el Banco Central -administrador del fondo- está en la obligación de realizar los débitos correspondientes para cubrir esos pagos. En caso de que la distribuidora no cuente con esos recursos, Economía registrará esas cuentas impagas. Si los retrasos son mayores a dos períodos, Economía pudiera estar facultado para intervenir la empresa. Además existen otros mecanismos para recuperar los retrasos.
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El proyecto del Ejecutivo para garantizar el ingreso de nueva inversión privada, en la generación de energía eléctrica, contempla desde la intervención de las distribuidoras incumplidas hasta la destitución de sus administradores. Estas propuestas están incluidas en un proyecto de seis artículos y dos disposiciones que aún son parte del análisis entre el Banco Central, Ministerio de Economía y el Consejo Nacional de Electricidad. Este será enviado al Congreso como proyecto de Ley Orgánica del Régimen de Garantías para el Sector Eléctrico. Éste conceptualiza la constitución por parte de Economía del "Fideicomiso de Fomento del Sector Eléctrico". Tendrá un fondo de 500 millones de dólares a través de la emisión de bonos del Estado a 12 años plazo y una tasa de interés de Libor a seis meses reajustable semestralmente. Con este fondo, el Estado garantizará a las nuevas centrales de generación el pago puntual de la energía vendida en el Mercado Eléctrico Mayorista. El orden de prelación de cancelación propuesto es el siguiente: los generadores privados o aquellos en los cuales existe capital privado con una participación mínima del 20 por ciento. Segundo, el transmisor; luego los generadores de propiedad el Fondo de Solidaridad o aquellos de propiedad total del Estado. Y, finalmente, se reconocerá el Valor Agregado de Distribución que es el recurso operativo para las distribuidoras de energía eléctrica. Para restituir esos recursos, el Banco Central -administrador del fondo- está en la obligación de realizar los débitos correspondientes para cubrir esos pagos. En caso de que la distribuidora no cuente con esos recursos, Economía registrará esas cuentas impagas. Si los retrasos son mayores a dos períodos, Economía pudiera estar facultado para intervenir la empresa. Además existen otros mecanismos para recuperar los retrasos.

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