EL INCREMENTO SALARIAL ES IMPUTABLE
Tema(s): En: El Comercio, Negocios 31 mar. 2000, p. B. 3Resumen: Se informa que el incremento salarial decretado por el Consejo Nacional de Salarios (CONADES) será imputable a las alzas que voluntariamente hayan hecho los empleadores, ya sea por contrato colectivo, actas transaccionables o voluntariamente. Se incluye un cuadro de tres ejemplos básicos del alza salarial que rige a partir del 1° de abril.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-023554 (Navegar estantería(Abre debajo)) | El Comercio, Negocios. 31 mar. 2000, p. B. 3 | Disponible |
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Se informa que el incremento salarial decretado por el Consejo Nacional de Salarios (CONADES) será imputable a las alzas que voluntariamente hayan hecho los empleadores, ya sea por contrato colectivo, actas transaccionables o voluntariamente. Se incluye un cuadro de tres ejemplos básicos del alza salarial que rige a partir del 1° de abril.
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