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FACTURACION, RETOCADA

Tema(s): En: El Comercio 21 jun. 1996, p. A.7Resumen: Las modificaciones que debían hacerse al Reglamento de Facturación, anunciadas la semana pasada por el ministro de Finanzas, Iván Andrade, fueron aprobadas mediante un decreto presidencial. Son las siguientes: Las empresas que utilicen sistemas de computación integrados de contabilidad, no necesitan utilizar en las facturas los números de serie, correlativo o secuencial, tampoco el pie de imprenta del establecimiento gráfico. Además se determina que no será obligatoria la preimpresión de ninguno de los requisitos cuando se trate de la emisión de tickets o vales. Las personas que utilicen los servicios profesionales que no tengan establecimiento fijo, deben emitir un documento con los datos del vendedor. Los stocks de facturas se pueden usar hasta el 30 de septiembre de 1996, pero primero deben añadirse con un sello los requisitos que hagan falta. Los contribuyentes especiales que utilicen sistemas de computación integrados, no están obligados a presentar en la preimpresión la identificación, domicilio y RUC del emisor, ni la denominación del comprobante de venta.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-007533 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio. 21 jun. 1996, p. A.7 Disponible

Las modificaciones que debían hacerse al Reglamento de Facturación, anunciadas la semana pasada por el ministro de Finanzas, Iván Andrade, fueron aprobadas mediante un decreto presidencial. Son las siguientes: Las empresas que utilicen sistemas de computación integrados de contabilidad, no necesitan utilizar en las facturas los números de serie, correlativo o secuencial, tampoco el pie de imprenta del establecimiento gráfico. Además se determina que no será obligatoria la preimpresión de ninguno de los requisitos cuando se trate de la emisión de tickets o vales. Las personas que utilicen los servicios profesionales que no tengan establecimiento fijo, deben emitir un documento con los datos del vendedor. Los stocks de facturas se pueden usar hasta el 30 de septiembre de 1996, pero primero deben añadirse con un sello los requisitos que hagan falta. Los contribuyentes especiales que utilicen sistemas de computación integrados, no están obligados a presentar en la preimpresión la identificación, domicilio y RUC del emisor, ni la denominación del comprobante de venta.

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