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SANCIONARAN A LOS AGIOTISTAS

Tema(s): En: El Telégrafo 14 jul. 1995, p. A.2Resumen: La Junta Bancaria resolvió que la Superintendencia de Bancos proceda a la suspensión de las operaciones a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades financieras sin autorización. El día lunes la Junta expidió el reglamento en relación a la actividad financiera ilegal a la que se refiere el art. 124 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. La Superintendencia, según el reglamento, sancionará a quienes tengan inversiones con personas naturales o jurídicas no autorizadas, con una multa no menor al 10 por ciento del monto de la inversión.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-003228 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Telégrafo. 14 jul. 1995, p. A.2 Disponible

La Junta Bancaria resolvió que la Superintendencia de Bancos proceda a la suspensión de las operaciones a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades financieras sin autorización. El día lunes la Junta expidió el reglamento en relación a la actividad financiera ilegal a la que se refiere el art. 124 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. La Superintendencia, según el reglamento, sancionará a quienes tengan inversiones con personas naturales o jurídicas no autorizadas, con una multa no menor al 10 por ciento del monto de la inversión.

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