¿DE VUELTA A LAS 48 HORAS?
Tema(s): En: El Comercio, Negocios 20 feb. 1995, p. B.1Resumen: El conflicto bélico con el Perú puso en manos del gobierno viejos proyectos laborales. Uno de ellos: el establecimiento de las 48 horas laborales que ya tiene sus voces de protesta y también de apoyo. El ministro de Trabajo, Alfredo Corral, ha convocado a los empresarios y dirigentes laborales a una reunión en su despacho, para analizar el proyecto de reforma al artículo 54 del Código del Trabajo. El artículo se refiere a las horas suplementarias y extraordinarias de trabajo. El proyecto tiene la intención de promover mecanismos legales que permitan elevar el nivel de ingresos de los trabajadores ecuatorianos, a la par que posibiliten incrementar el números de horas laboradas. Así, las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día, ni de doce en la semana. Otra reforma se refiere al trabajo que, por acuerdo entre las partes, se podría ejecutar el sábado por la tarde o el domingo. Este será remunerado con el 100 por ciento del recargo, siempre que no se sustituya el descanso forzoso con otro tiempo igual en la semana. El gobierno no piensa involucrar en el mecanismo al sector público, por los altos costos que representaría en el presupuesto del Estado.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-000849 (Navegar estantería(Abre debajo)) | El Comercio, Negocios. 20 feb. 1995, p. B.1 | Disponible |
El conflicto bélico con el Perú puso en manos del gobierno viejos proyectos laborales. Uno de ellos: el establecimiento de las 48 horas laborales que ya tiene sus voces de protesta y también de apoyo. El ministro de Trabajo, Alfredo Corral, ha convocado a los empresarios y dirigentes laborales a una reunión en su despacho, para analizar el proyecto de reforma al artículo 54 del Código del Trabajo. El artículo se refiere a las horas suplementarias y extraordinarias de trabajo. El proyecto tiene la intención de promover mecanismos legales que permitan elevar el nivel de ingresos de los trabajadores ecuatorianos, a la par que posibiliten incrementar el números de horas laboradas. Así, las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día, ni de doce en la semana. Otra reforma se refiere al trabajo que, por acuerdo entre las partes, se podría ejecutar el sábado por la tarde o el domingo. Este será remunerado con el 100 por ciento del recargo, siempre que no se sustituya el descanso forzoso con otro tiempo igual en la semana. El gobierno no piensa involucrar en el mecanismo al sector público, por los altos costos que representaría en el presupuesto del Estado.
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