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ADMINISTRADORAS INVERTIRAN AFUERA

Tema(s): En: El Universo 17 ene. 1995, p. A.2Resumen: Las administradoras de fondos podrán invertir en las subsidiarias financieras ecuatorianas que tienen sucursales en el exterior, según los cambios introducidos al artículo 26 del Reglamento de los Fondos de Inversión. La disposición señala: "Las administradoras de fondos podrán invertir los fondos que administren en los valores y bienes señalados en el artículo 30 de la Ley de Mercado de Valores, respetando las limitaciones contenidas en su artículo 31".
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-000311 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Universo. 17 ene. 1995, p. A.2 Disponible

Las administradoras de fondos podrán invertir en las subsidiarias financieras ecuatorianas que tienen sucursales en el exterior, según los cambios introducidos al artículo 26 del Reglamento de los Fondos de Inversión. La disposición señala: "Las administradoras de fondos podrán invertir los fondos que administren en los valores y bienes señalados en el artículo 30 de la Ley de Mercado de Valores, respetando las limitaciones contenidas en su artículo 31".

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