000 01764nab a22002057a 4500
001 RESUM-024614
003 EC-BCE
005 20130908154154.0
040 _aEC-BCE
_cEC-BCE
100 _aArcos, Carlos
245 _aLA LEY TROLE II Y EL FONDO DE SOLIDARIDAD
520 _aEntre los temas relevantes del borrador de Ley de la Promoción de la Inversión y la Participación Ciudadana, está el Título II que especifica las reformas a la Ley del Fondo de Solidaridad. Un aspecto positivo es que el destino de los recursos de las privatizaciones sea para el Fondo de Solidaridad, en consecuencia, las privatizaciones se transformarán en una fuente muy importante de financiamiento de programas sociales. Las empresas públicas que el Estado ecuatoriano venderá fueron construidas con el esfuerzo de varias generaciones. El capital que se obtenga de allí debe servir para el desarrollo del capital humano de la actual generación de ecuatorianos y de las venideras. A esta orientación de la operación del Fondo se entendería como una solidaridad intergeneracional. Sin embargo, desde esta perspectiva, en el proyecto de Ley preparado por el Consejo Nacional de Modernización del Estado (CONAM) existen aspectos confusos e imprecisos. En la discusión de la Ley, el Congreso debe prestar atención a estos aspecto y garantizar que opere bajo el principio de solidaridad señalado, al que hay que añadir el de sustentabilidad en el tiempo.
650 _aECUADOR COMENTARIOS EDITORIALES LEGISLACION ECONOMICA PRIVATIZACION POLITICA SOCIAL CONSEJO NACIONAL DE MODERNIZACION DEL ESTADO POLITICA ECONOMICA
650 _aPOLITICA ECONOMICA
650 _a04
651 _aEC
650 _a1nac
773 _tHoy
_dQuito
_g20 jun. 2000, p. A. 4
942 _2z
_cAS
999 _c36987
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