000 01306nab a22002177a 4500
001 RESUM-019559
003 EC-BCE
005 20130908152849.0
040 _aEC-BCE
_cEC-BCE
100 _aHoy
245 _a¿QUIEN PAGARA AL SRI?
520 _aLa recta administración de la justicia y la posibilidad de castigar la corrupción están otra vez en duda por la resolución de la Corte Superior de Guayaquil, que dirimió la competencia a favor del juez Fiscal del Guayas en el juicio que se seguía ante el juez Penal de Pichincha contra Fernando Aspiazu, por el delito de haber retenido en el Banco del Progreso US13 millones por impuestos y no haberlos pagado al Servicio de Rentas Internas (SRI). La cuestión de fondo radica, sin embargo, en la desprotección de los intereses del fisco, que quedan lesionados por la falta de pago del impuesto retenido. No se trata de un tributo causado por el Banco del Progreso, sino de impuestos de otros contribuyentes que no se transfirieron al SRI.
650 _aRECAUDACION DE IMPUESTOS DERECHO FISCAL BANCO DEL PROGRESO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS COMENTARIOS EDITORIALES ECUADOR
650 _aRECAUDACION TRIBUTARIA
650 _aSRI
650 _a11
651 _aEC
650 _a1nac
773 _tHoy
_dQuito
_g23 dic. 1999, p. A. 1
942 _2z
_cAS
999 _c31932
_d31932