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EL ABONO TRIBUTARIO NO SERA RETROACTIVO

Tema(s): En: El Universo 6 mayo 2011, p. 9Resumen: Después de casi tres meses de haber expirado las preferencias arancelarias con Estados Unidos, el Gobierno ecuatoriano se apresta a entregar este mes el abono tributario a los exportadores, pero sin retroactividad. El viceministro de la Producción, Mauricio Peña, indicó ayer que este beneficio no tendrá carácter retroactivo, sino que aplicará a partir de mayo y durará un año. "No es factible legalmente que este mecanismo sea retroactivo, y entra en vigencia en mayo", aseguró Peña tras acotar que el Comité de Comercio Exterior (COMEX) tiene previsto aprobar hoy el mecanismo para ejecutar el abono. Y aunque 636 empresas mantienen un historial de haber exportado a Estados Unidos bajo la cobertura del Atpdea y podrían acceder al abono, Peña sostuvo que exportadoras que recién ingresen a ese mercado, también, accederían a la compensación. Para aplicar al abono, las compañías deberán presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) los documentos que certifiquen el pago de aranceles efectuados a la aduana estadounidense. Esto se deberá realizar a fin de mes.
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Después de casi tres meses de haber expirado las preferencias arancelarias con Estados Unidos, el Gobierno ecuatoriano se apresta a entregar este mes el abono tributario a los exportadores, pero sin retroactividad. El viceministro de la Producción, Mauricio Peña, indicó ayer que este beneficio no tendrá carácter retroactivo, sino que aplicará a partir de mayo y durará un año. "No es factible legalmente que este mecanismo sea retroactivo, y entra en vigencia en mayo", aseguró Peña tras acotar que el Comité de Comercio Exterior (COMEX) tiene previsto aprobar hoy el mecanismo para ejecutar el abono. Y aunque 636 empresas mantienen un historial de haber exportado a Estados Unidos bajo la cobertura del Atpdea y podrían acceder al abono, Peña sostuvo que exportadoras que recién ingresen a ese mercado, también, accederían a la compensación. Para aplicar al abono, las compañías deberán presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) los documentos que certifiquen el pago de aranceles efectuados a la aduana estadounidense. Esto se deberá realizar a fin de mes.

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