SRI NO COBRARA IMPUESTO A MEDIOS POR PUBLICIDAD GRATUITA, SI POR STIKERS
Tema(s): En: El Universo 15 jul. 2010, p. 3Resumen: El Servicio de Rentas Internas (SRI) dejó en claro que no está facultado a cobrar impuestos por servicios publicitarios gratuitos, pero sí podría hacerlo en el caso de la emisión de bienes corporales o tangibles como la impresión de banderines, stikers, entre otros. Esto, con relación a la campaña publicitaria Más Respeto que han venido emitiendo los diversos medios de comunicación de prensa, radio y televisión en meses pasados. La aclaración debió hacerla el SRI luego de una nota publicada por el diario oficialista El Telégrafo, en la cual se indicaba que el SRI debía actuar de oficio y cobrar esos impuestos que supuestamente habían estado siendo evadidos, basándose en análisis de Carlos Calero, de la empresa El Asesor Contable.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | El Universo. 15 jul. 2010, p. 3 | Disponible |
El Servicio de Rentas Internas (SRI) dejó en claro que no está facultado a cobrar impuestos por servicios publicitarios gratuitos, pero sí podría hacerlo en el caso de la emisión de bienes corporales o tangibles como la impresión de banderines, stikers, entre otros. Esto, con relación a la campaña publicitaria Más Respeto que han venido emitiendo los diversos medios de comunicación de prensa, radio y televisión en meses pasados. La aclaración debió hacerla el SRI luego de una nota publicada por el diario oficialista El Telégrafo, en la cual se indicaba que el SRI debía actuar de oficio y cobrar esos impuestos que supuestamente habían estado siendo evadidos, basándose en análisis de Carlos Calero, de la empresa El Asesor Contable.
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