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PROPUESTA PELIGROSA

Por: Tema(s): En: Hoy 14 abr. 2010, p. 4Resumen: Desde el 21 de enero de este año, se viene tramitando en la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado, cuyo informe para primer debate, elaborado por la Comisión de lo Económico y Tributario, fue entregado al pleno el pasado 7 de abril. La reforma plantea cambios a los artículos 2 y 20 de la mencionada ley, que no dejan de causar sorpresa por el origen de las modificaciones y por su relevancia en la estabilidad del esquema monetario del Ecuador. No existe una razón técnica de peso para justificar un cambio en el sistema de balances del Banco Central, que se creó a partir de la adopción del dólar como moneda de curso legal en el Ecuador. La causa de esta propuesta es el descuadre del cuarto sistema (Otras Operaciones), causado por la venta del Banco Central al Gobierno, a valor cero, de los bonos de la AGD y por la entrega, también al Gobierno, de las utilidades no realizadas (contables) producto del aumento del valor del oro monetario del Banco Central. Otra razón evidente es la de permitir que estos recursos no necesariamente sean invertidos en inversiones líquidas, con un riesgo diferente al del país y a un plazo que no corresponde a la exigibilidad del pasivo. En definitiva, el proyecto promueve inversiones de mayor riesgo y rompe con el principio de que los activos del Banco Central sean una reserva de liquidez del sistema monetario. Desde el punto de vista legal, modificar una ley para justificar una violación a la misma es un despropósito, y desde el punto de vista económico, utilizar los recursos líquidos de instituciones del SPNF y otros patrimoniales del Banco Central para dedicarlos a inversiones de largo plazo para promover desarrollo económico, desnaturaliza todo principio contable, financiero y de política monetaria que debe mantener el BCE para asegurar la estabilidad monetaria de una economía.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO Hoy. 14 abr. 2010, p. 4 Disponible

Desde el 21 de enero de este año, se viene tramitando en la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado, cuyo informe para primer debate, elaborado por la Comisión de lo Económico y Tributario, fue entregado al pleno el pasado 7 de abril. La reforma plantea cambios a los artículos 2 y 20 de la mencionada ley, que no dejan de causar sorpresa por el origen de las modificaciones y por su relevancia en la estabilidad del esquema monetario del Ecuador. No existe una razón técnica de peso para justificar un cambio en el sistema de balances del Banco Central, que se creó a partir de la adopción del dólar como moneda de curso legal en el Ecuador. La causa de esta propuesta es el descuadre del cuarto sistema (Otras Operaciones), causado por la venta del Banco Central al Gobierno, a valor cero, de los bonos de la AGD y por la entrega, también al Gobierno, de las utilidades no realizadas (contables) producto del aumento del valor del oro monetario del Banco Central. Otra razón evidente es la de permitir que estos recursos no necesariamente sean invertidos en inversiones líquidas, con un riesgo diferente al del país y a un plazo que no corresponde a la exigibilidad del pasivo. En definitiva, el proyecto promueve inversiones de mayor riesgo y rompe con el principio de que los activos del Banco Central sean una reserva de liquidez del sistema monetario. Desde el punto de vista legal, modificar una ley para justificar una violación a la misma es un despropósito, y desde el punto de vista económico, utilizar los recursos líquidos de instituciones del SPNF y otros patrimoniales del Banco Central para dedicarlos a inversiones de largo plazo para promover desarrollo económico, desnaturaliza todo principio contable, financiero y de política monetaria que debe mantener el BCE para asegurar la estabilidad monetaria de una economía.

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