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LAS REFORMAS YA ENTRARON EN VIGENCIA

Tema(s): En: El Comercio 2 ene. 2008, p. 9Resumen: Una disposición final de la reforma tributaria, aprobada la semana pasada, establece que esta entrará en vigencia desde el 1 de enero. Según Carlos Marx Carrasco, director del Servicio de Rentas Internas, se había previsto que las reformas se publiquen el 31 de diciembre. "Leí las declaraciones del Director del Registro Oficial de que la publicación estará lista el 31 de diciembre". El funcionario expresó que todas las reformas entran en vigencia, es decir, que ya se cobran los impuestos aprobados. El Director del SRI explicó que el jueves pasado se publicaron los nuevos precios de referencia para el cálculo de los cobros del ICE. Sin embargo, dijo que tiene 30 días para emitir la resolución sobre la operación de los rubros gravados con este tributo.También indicó que dispone de 90 días para emitir el reglamento para hacer las deducciones del Impuesto a la Renta (IR). En el documento se explicará cómo las personas naturales deben presentar los papeles de los gastos en educación, salud, arriendo y otros rubros, que pueden descontarse del IR.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Comercio. 2 ene. 2008, p. 9 Disponible

Una disposición final de la reforma tributaria, aprobada la semana pasada, establece que esta entrará en vigencia desde el 1 de enero. Según Carlos Marx Carrasco, director del Servicio de Rentas Internas, se había previsto que las reformas se publiquen el 31 de diciembre. "Leí las declaraciones del Director del Registro Oficial de que la publicación estará lista el 31 de diciembre". El funcionario expresó que todas las reformas entran en vigencia, es decir, que ya se cobran los impuestos aprobados. El Director del SRI explicó que el jueves pasado se publicaron los nuevos precios de referencia para el cálculo de los cobros del ICE. Sin embargo, dijo que tiene 30 días para emitir la resolución sobre la operación de los rubros gravados con este tributo.También indicó que dispone de 90 días para emitir el reglamento para hacer las deducciones del Impuesto a la Renta (IR). En el documento se explicará cómo las personas naturales deben presentar los papeles de los gastos en educación, salud, arriendo y otros rubros, que pueden descontarse del IR.

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