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EL CONGRESO DEJO LISTO EL PRIMER INFORME DEL PROYECTO BANCARIO

Tema(s): En: El Comercio 31 mayo. 2007, p. 9Resumen: La Comisión de lo Tributario, Fiscal y Bancario del Congreso elaboró el informe para primer debate del proyecto de Ley de regulación del costo máximo efectivo del crédito y de optimización de la inversión pública. Este proyecto fue remitido por el Ejecutivo con el carácter de económico urgente, el 18 de mayo. El informe pone énfasis en que la propuesta tiende a modificar a cuatro artículos de la Constitución: 143, 222, 254 y 261. El 143 se refiere a que una ley ordinaria no puede modificar leyes orgánicas y el proyecto del Ejecutivo quiere modificar la Ley Orgánica de Régimen Monetario. El artículo 222 determina que las superintendencias son los organismos autónomos y técnicos encargados de controlar las instituciones públicas y privadas. Pero se plantea que la Junta Bancaria (JB) sea el máximo organismo de gobierno de la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS). El artículo 254 se refiere al rol de la planificación nacional, en función de metas de desarrollo, mientras que el proyecto lo que busca es dar una atribución a la Senplades, para que establezca la segmentación productiva hacia donde se debe dirigir el crédito. Por último, el artículo 261 atribuye al Banco Central la función de establecer, controlar y aplicar las políticas monetaria, financiera y crediticia del Estado. No obstante, en el proyecto otorgan esas facultades a la Junta Bancaria. El presidente de la Comisión, Jorge Sánchez (ID), explicó que en el informe no se establece si el contenido de las reformas propuestas es inconstitucional.
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La Comisión de lo Tributario, Fiscal y Bancario del Congreso elaboró el informe para primer debate del proyecto de Ley de regulación del costo máximo efectivo del crédito y de optimización de la inversión pública. Este proyecto fue remitido por el Ejecutivo con el carácter de económico urgente, el 18 de mayo. El informe pone énfasis en que la propuesta tiende a modificar a cuatro artículos de la Constitución: 143, 222, 254 y 261. El 143 se refiere a que una ley ordinaria no puede modificar leyes orgánicas y el proyecto del Ejecutivo quiere modificar la Ley Orgánica de Régimen Monetario. El artículo 222 determina que las superintendencias son los organismos autónomos y técnicos encargados de controlar las instituciones públicas y privadas. Pero se plantea que la Junta Bancaria (JB) sea el máximo organismo de gobierno de la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS). El artículo 254 se refiere al rol de la planificación nacional, en función de metas de desarrollo, mientras que el proyecto lo que busca es dar una atribución a la Senplades, para que establezca la segmentación productiva hacia donde se debe dirigir el crédito. Por último, el artículo 261 atribuye al Banco Central la función de establecer, controlar y aplicar las políticas monetaria, financiera y crediticia del Estado. No obstante, en el proyecto otorgan esas facultades a la Junta Bancaria. El presidente de la Comisión, Jorge Sánchez (ID), explicó que en el informe no se establece si el contenido de las reformas propuestas es inconstitucional.

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