DESDE MAÑANA SE EJECUTARA LIMITE PARA LOS CREDITOS DE CONSUMO
Tema(s): En: El Universo 30 junio 2005, p. A. 5Resumen: Un nuevo esquema que limita las condiciones de entrega de créditos de consumo entrará en vigencia desde mañana, 1 de julio, por aplicación de la Resolución 722 de la Junta Bancaria, firmada el 15 de diciembre del año pasado. Están considerados como créditos de consumo aquellos que sirven para la adquisición de bienes o servicios en cuotas periódicas, cuya fuente de pago es el ingreso neto familiar del deudor. Hasta hoy, las instituciones financieras (IFI), como emisores de tarjetas de crédito, bancos, cooperativas y financieras, controladas por la Superintendencia de Bancos (SB), han utilizado sus propios sistemas de control para asignar esos préstamos. La Resolución 722 -que intenta evitar un potencial sobreendeudamiento de la población- exige a las IFI que utilicen metodologías o sistemas internos para la asignación de cupos, en función del perfil de los clientes. Y el plazo para que presenten ese requisito vence hoy. Sin embargo, de las 72 IFI que están bajo la supervisión de la SB, solo "entre 20 y 25" están en proceso de calificación de sus sistemas, explicó Rodrigo Mora, director de Riesgos de la Superintendencia. El resto de instituciones, hasta ahora, no presentó sus planes. Pero la Resolución establece que "si las instituciones no presentaren sus metodologías deberán considerar como límite máximo de exposición en sus operaciones de financiamiento al consumo, que los dividendos o cuotas mensuales pactados por estas no sobrepasen del 50 por ciento del ingreso neto mensual promedio del deudor".Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | El Universo. 30 junio 2005, p. A. 5 | Disponible |
Un nuevo esquema que limita las condiciones de entrega de créditos de consumo entrará en vigencia desde mañana, 1 de julio, por aplicación de la Resolución 722 de la Junta Bancaria, firmada el 15 de diciembre del año pasado. Están considerados como créditos de consumo aquellos que sirven para la adquisición de bienes o servicios en cuotas periódicas, cuya fuente de pago es el ingreso neto familiar del deudor. Hasta hoy, las instituciones financieras (IFI), como emisores de tarjetas de crédito, bancos, cooperativas y financieras, controladas por la Superintendencia de Bancos (SB), han utilizado sus propios sistemas de control para asignar esos préstamos. La Resolución 722 -que intenta evitar un potencial sobreendeudamiento de la población- exige a las IFI que utilicen metodologías o sistemas internos para la asignación de cupos, en función del perfil de los clientes. Y el plazo para que presenten ese requisito vence hoy. Sin embargo, de las 72 IFI que están bajo la supervisión de la SB, solo "entre 20 y 25" están en proceso de calificación de sus sistemas, explicó Rodrigo Mora, director de Riesgos de la Superintendencia. El resto de instituciones, hasta ahora, no presentó sus planes. Pero la Resolución establece que "si las instituciones no presentaren sus metodologías deberán considerar como límite máximo de exposición en sus operaciones de financiamiento al consumo, que los dividendos o cuotas mensuales pactados por estas no sobrepasen del 50 por ciento del ingreso neto mensual promedio del deudor".
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