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AGD DEFIENDE CAPITALIZACION

Tema(s): En: El Universo 30 oct. 2000, p. A. 4Resumen: La obligación de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) de devolver al Ministerio de Finanzas los remanentes de bonos no usados para el saneamiento de los bancos dejó de tener vigencia, al ser derogado el artículo 24, literal e, de la Ley de Reordenamiento Económico. Esta es la explicación que Rafael Cuesta, representante de la ciudadanía en la AGD, da a la utilización de bonos de la entidad para la capitalización del Banco del Pacífico. El funcionario asegura que a la fecha en que se entregó el dinero, el banco era propiedad absoluta de la AGD y "como entidad del Estado estaba obligada a conservar y velar por su patrimonio conforme lo establece el artículo 120 de la Constitución".
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Universo. 30 oct. 2000, p. A. 4 Disponible

La obligación de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) de devolver al Ministerio de Finanzas los remanentes de bonos no usados para el saneamiento de los bancos dejó de tener vigencia, al ser derogado el artículo 24, literal e, de la Ley de Reordenamiento Económico. Esta es la explicación que Rafael Cuesta, representante de la ciudadanía en la AGD, da a la utilización de bonos de la entidad para la capitalización del Banco del Pacífico. El funcionario asegura que a la fecha en que se entregó el dinero, el banco era propiedad absoluta de la AGD y "como entidad del Estado estaba obligada a conservar y velar por su patrimonio conforme lo establece el artículo 120 de la Constitución".

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