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EL CENTRAL FUE REEMPLAZADO

Tema(s): En: Expreso 21 mar. 2000, p. 6Resumen: La Junta Bancaria creó un fondo con el objeto de otorgar créditos de liquidez a los bancos que en un futuro tengan problemas financieros. Es decir, cumplirá la función que el Banco Central del Ecuador ya no puede ejercer dentro de la dolarización. La Junta explica que el fondo se constituirá como una figura de fideicomiso mercantil, cuya entidad fiduciaria será la Corporación Financiera Nacional (CFN) y sus contribuyentes serán los bancos. Los organismos multilaterales de crédito también podrán participar como aportantes del Fondo, con los recursos que asignen para superar los problemas de iliquidez de las instituciones de las instituciones financieras. Los aportes para el Fondo se harán en efectivo o con activos. Los bancos cuyo índice promedio de liquidez, durante los últimos dos meses sea menor al 24 por ciento podrán realizar el 50 por ciento de sus aportes en activos; y, si su liquidez es mayor o igual al 24 por ciento, deberán realizar la totalidad de sus aportes en efectivo.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-023401 (Navegar estantería(Abre debajo)) Expreso. 21 mar. 2000, p. 6 Disponible

La Junta Bancaria creó un fondo con el objeto de otorgar créditos de liquidez a los bancos que en un futuro tengan problemas financieros. Es decir, cumplirá la función que el Banco Central del Ecuador ya no puede ejercer dentro de la dolarización. La Junta explica que el fondo se constituirá como una figura de fideicomiso mercantil, cuya entidad fiduciaria será la Corporación Financiera Nacional (CFN) y sus contribuyentes serán los bancos. Los organismos multilaterales de crédito también podrán participar como aportantes del Fondo, con los recursos que asignen para superar los problemas de iliquidez de las instituciones de las instituciones financieras. Los aportes para el Fondo se harán en efectivo o con activos. Los bancos cuyo índice promedio de liquidez, durante los últimos dos meses sea menor al 24 por ciento podrán realizar el 50 por ciento de sus aportes en activos; y, si su liquidez es mayor o igual al 24 por ciento, deberán realizar la totalidad de sus aportes en efectivo.

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