LA COBERTURA DE LA AGD
Tema(s): En: Hoy, Dinero 20 jul. 1999, p. A.5Resumen: El Estado ecuatoriano mediante la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), garantiza el pago de la totalidad de los depósitos a la vista y a plazo que mantengan personas naturales y jurídicas ecuatorianas y extranjeras, en las instituciones financieras ecuatorianas y sus subsidiarias, offshore, con los intereses calculados hasta el día anterior de la declaración de saneamiento. Las excepciones legales de esta garantía de pago son las siguientes: a) Si las tasas de interés estuvieran fuera de la cobertura determinada por el plazo de los depósitos contratados. b) Los depósitos considerados como vinculados. c) Los depósitos relacionados con cartera declarada como pérdida. d) Los depósitos del sector público realizados sin la autorización del directorio del Banco Central del Ecuador.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-021969 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Hoy, Dinero. 20 jul. 1999, p. A.5 | Disponible |
El Estado ecuatoriano mediante la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), garantiza el pago de la totalidad de los depósitos a la vista y a plazo que mantengan personas naturales y jurídicas ecuatorianas y extranjeras, en las instituciones financieras ecuatorianas y sus subsidiarias, offshore, con los intereses calculados hasta el día anterior de la declaración de saneamiento. Las excepciones legales de esta garantía de pago son las siguientes: a) Si las tasas de interés estuvieran fuera de la cobertura determinada por el plazo de los depósitos contratados. b) Los depósitos considerados como vinculados. c) Los depósitos relacionados con cartera declarada como pérdida. d) Los depósitos del sector público realizados sin la autorización del directorio del Banco Central del Ecuador.
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