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¿QUIEN PAGARA AL SRI?

Por: Tema(s): En: Hoy 23 dic. 1999, p. A. 1Resumen: La recta administración de la justicia y la posibilidad de castigar la corrupción están otra vez en duda por la resolución de la Corte Superior de Guayaquil, que dirimió la competencia a favor del juez Fiscal del Guayas en el juicio que se seguía ante el juez Penal de Pichincha contra Fernando Aspiazu, por el delito de haber retenido en el Banco del Progreso US13 millones por impuestos y no haberlos pagado al Servicio de Rentas Internas (SRI). La cuestión de fondo radica, sin embargo, en la desprotección de los intereses del fisco, que quedan lesionados por la falta de pago del impuesto retenido. No se trata de un tributo causado por el Banco del Progreso, sino de impuestos de otros contribuyentes que no se transfirieron al SRI.
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La recta administración de la justicia y la posibilidad de castigar la corrupción están otra vez en duda por la resolución de la Corte Superior de Guayaquil, que dirimió la competencia a favor del juez Fiscal del Guayas en el juicio que se seguía ante el juez Penal de Pichincha contra Fernando Aspiazu, por el delito de haber retenido en el Banco del Progreso US13 millones por impuestos y no haberlos pagado al Servicio de Rentas Internas (SRI). La cuestión de fondo radica, sin embargo, en la desprotección de los intereses del fisco, que quedan lesionados por la falta de pago del impuesto retenido. No se trata de un tributo causado por el Banco del Progreso, sino de impuestos de otros contribuyentes que no se transfirieron al SRI.

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