SECTORES PRODUCTIVOS RECLAMAN EL CANJE DE OBLIGACIONES POR CERTIFICADOS
Tema(s): En: Expreso 31 oct. 1999, p. 7Resumen: Varios empresarios han coincidido en la necesidad y urgencia de aplicar el sistema de canjes de certificados de depósitos reprogramables por deudas en entidades privadas y públicas. Si bien este es un mecanismo idóneo y simplificador, se debe tomar en consideración que no todas las empresas pueden accesar al mismo. Para evitar que se repitan casos perjudiciales, los bancos y demás instituciones deberán analizar la situación particular de los deudores antes de aplicar este sistema. Carlos Julio Emanuel, ex gerente general del Banco Central del Ecuador, señaló que los certificados deberían ser utilizados en lugar del dinero que ha sido congelado. No debe haber ningún impedimento para que se usen estos instrumentos sin limitación. Siendo los certificados el producto de una decisión del Gobierno, no se entiende que no se haya permitido antes que la Corporación Financiera Nacional (CFN) los acepte como mecanismo de pago.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-018874 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Expreso. 31 oct. 1999, p. 7 | Disponible |
Varios empresarios han coincidido en la necesidad y urgencia de aplicar el sistema de canjes de certificados de depósitos reprogramables por deudas en entidades privadas y públicas. Si bien este es un mecanismo idóneo y simplificador, se debe tomar en consideración que no todas las empresas pueden accesar al mismo. Para evitar que se repitan casos perjudiciales, los bancos y demás instituciones deberán analizar la situación particular de los deudores antes de aplicar este sistema. Carlos Julio Emanuel, ex gerente general del Banco Central del Ecuador, señaló que los certificados deberían ser utilizados en lugar del dinero que ha sido congelado. No debe haber ningún impedimento para que se usen estos instrumentos sin limitación. Siendo los certificados el producto de una decisión del Gobierno, no se entiende que no se haya permitido antes que la Corporación Financiera Nacional (CFN) los acepte como mecanismo de pago.
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