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EL ABC DEL UNO POR CIENTO ONCE CASOS QUE ES NECESARIO CONOCER

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 13 nov. 1998, p. B.1Resumen: La reforma tributaria del uno por ciento ha provocado varias interrogantes. Así, cabe decir que el impuesto se grava sobre toda transferencia de capital realizada vía sistema financiero nacional, sustituye al impuesto a la renta aunque no al impuesto al valor agregado (IVA) ni a los consumos especiales (ICE). Hasta ahora se exceptúan del pago de este tributo las transferencias que realice el Ministerio de Finanzas como asignaciones del Presupuesto General del Estado; las acreditaciones y depósitos que efectúen entre sí las instituciones del sistema financiero nacional; y, las acreditaciones y depósitos entre las bolsas y casas de valores por operaciones bursátiles. En estos dos últimos casos se pagará el uno por ciento sobre ingresos totales, mensualmente.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-017208 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio, Negocios. 13 nov. 1998, p. B.1 Disponible

La reforma tributaria del uno por ciento ha provocado varias interrogantes. Así, cabe decir que el impuesto se grava sobre toda transferencia de capital realizada vía sistema financiero nacional, sustituye al impuesto a la renta aunque no al impuesto al valor agregado (IVA) ni a los consumos especiales (ICE). Hasta ahora se exceptúan del pago de este tributo las transferencias que realice el Ministerio de Finanzas como asignaciones del Presupuesto General del Estado; las acreditaciones y depósitos que efectúen entre sí las instituciones del sistema financiero nacional; y, las acreditaciones y depósitos entre las bolsas y casas de valores por operaciones bursátiles. En estos dos últimos casos se pagará el uno por ciento sobre ingresos totales, mensualmente.

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