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LA LIQUIDACION NO ES EL ULTIMO RECURSO

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 15 mayo 1997, p. B.3Resumen: La Ley de Concurso Preventivo expedida el 8 de mayo del año en curso tiene por objeto buscar acuerdos entre deudores y acreedores. Las metas son reactivar las empresas con el fin de nantener la fuente productiva y encontrar mecanismos para que se cumplan las obligaciones. El vicepresidente de la Cámara de Industrias de Cuenca dijo que esta Ley evitará que se siga produciendo el esquema de crear clubes de deudores, como ha sucedido en Machala. La ley se dirige a compañías sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, con un activo superior a 4.000 UVC (aproximandamente S/. 100 millones) o más de cien trabajadores permanentes y con un pasivo superior a 2.000 UVC's. Los mecanismos del acuerdo entre deudores y acreedores son de seis tipos: 1.- la capitalización de los pasivos de cualquier acreedor mediante la compensación de créditos 2.- la consolidación de deudas y la transformación de créditos de corto plazo a mediano y largos plazos, 3.- el otorgamiento de nuevos créditos para capital de operación en función de un esquema de rehabilitación de la compañía, 4.- la condonacion de aporte del capital, intereses o rebaja, 5.- la enajenación de los bienes no es necesario para la actividad empresarial y 6.- cualquier fórmula que facilite que se cumplan las obligaciones.
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La Ley de Concurso Preventivo expedida el 8 de mayo del año en curso tiene por objeto buscar acuerdos entre deudores y acreedores. Las metas son reactivar las empresas con el fin de nantener la fuente productiva y encontrar mecanismos para que se cumplan las obligaciones. El vicepresidente de la Cámara de Industrias de Cuenca dijo que esta Ley evitará que se siga produciendo el esquema de crear clubes de deudores, como ha sucedido en Machala. La ley se dirige a compañías sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, con un activo superior a 4.000 UVC (aproximandamente S/. 100 millones) o más de cien trabajadores permanentes y con un pasivo superior a 2.000 UVC's. Los mecanismos del acuerdo entre deudores y acreedores son de seis tipos: 1.- la capitalización de los pasivos de cualquier acreedor mediante la compensación de créditos 2.- la consolidación de deudas y la transformación de créditos de corto plazo a mediano y largos plazos, 3.- el otorgamiento de nuevos créditos para capital de operación en función de un esquema de rehabilitación de la compañía, 4.- la condonacion de aporte del capital, intereses o rebaja, 5.- la enajenación de los bienes no es necesario para la actividad empresarial y 6.- cualquier fórmula que facilite que se cumplan las obligaciones.

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