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BNF LOS MOROSOS GANARON

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 20 dic. 1996, p. B.3Resumen: El gerente del Banco Nacional de Fomento, BNF, Carlos Julio Arosemena Peet, no le quedó más remedio que reglamentar la Ley Reformatoria a la Ley de Rehabilitación de los productores que están en mora con la institución. La ley fue aprobada por el Congreso y entró en vigencia el 27 de noviembre de 1996. Su aplicación agravaría la situación financiera del BNF que tiene una cartera vencida neta a septiembre del 96, de S/. 121 mil millones y con provisiones de S/. 250 mil millones, es decir, un cuarto de un billón de sucres. La ley faculta rehabilitar y dinamizar a los sectores productivos mediante la concesión de nuevos créditos, el arreglo o refinanciamiento de las obligaciones vencidas o castigadas y la condonación de los intereses en mora, comisiones, impuestos y gastos judiciales. Los beneficiarios del refinanciamiento son los productores agropecuarios, pequeños artesanos, pescadores artesanales y propietarios de cultivos bioacuáticos en cautiverio. Ellos mantienen un endeudamiento directo consolidado de capital en todas las oficinas del Banco de hasta S/. 35 millones que forman parte de la cartera vencida y/o castigada cortada al 30 de junio de 1996. Cuando se trate de obligaciones pagaderas en varios dividendos, se refinanciarán las que consten en cartera vencida al 30 de junio del 96, manteniendose las condiciones de pago y tasa de interés de las que todavía no han vencido. El plazo máximo será de hasta 7 años, con dos de gracia para el capital. Las obligaciones refinanciadas devengarán un interés anual equivalente al 70 por ciento de la tasa básica del Banco Central vigente a la fecha de su contabilización, reajustable semestralmente.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-009609 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio, Negocios. 20 dic. 1996, p. B.3 Disponible

El gerente del Banco Nacional de Fomento, BNF, Carlos Julio Arosemena Peet, no le quedó más remedio que reglamentar la Ley Reformatoria a la Ley de Rehabilitación de los productores que están en mora con la institución. La ley fue aprobada por el Congreso y entró en vigencia el 27 de noviembre de 1996. Su aplicación agravaría la situación financiera del BNF que tiene una cartera vencida neta a septiembre del 96, de S/. 121 mil millones y con provisiones de S/. 250 mil millones, es decir, un cuarto de un billón de sucres. La ley faculta rehabilitar y dinamizar a los sectores productivos mediante la concesión de nuevos créditos, el arreglo o refinanciamiento de las obligaciones vencidas o castigadas y la condonación de los intereses en mora, comisiones, impuestos y gastos judiciales. Los beneficiarios del refinanciamiento son los productores agropecuarios, pequeños artesanos, pescadores artesanales y propietarios de cultivos bioacuáticos en cautiverio. Ellos mantienen un endeudamiento directo consolidado de capital en todas las oficinas del Banco de hasta S/. 35 millones que forman parte de la cartera vencida y/o castigada cortada al 30 de junio de 1996. Cuando se trate de obligaciones pagaderas en varios dividendos, se refinanciarán las que consten en cartera vencida al 30 de junio del 96, manteniendose las condiciones de pago y tasa de interés de las que todavía no han vencido. El plazo máximo será de hasta 7 años, con dos de gracia para el capital. Las obligaciones refinanciadas devengarán un interés anual equivalente al 70 por ciento de la tasa básica del Banco Central vigente a la fecha de su contabilización, reajustable semestralmente.

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