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MAS CONTROL EN EL MERCADO FINANCIERO

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 8 ene. 1996, p. B.3Resumen: Ana Lucía Armijos, presidenta de la Junta Monetaria, dijo que el propósito de los cambios es mejorar la herrmienta de control de las instituciones financieras y permitir a la Superintendencia de Bancos una vigilancia más estrictade estas entidades. La reforma al Art. 25 de la Ley de Régimen Monetario, plantea que en el caso de retiro masivo de depósitos del público, el Banco Central puede atender a las entidades financieras con una línea de liquidez hasta por 90 días, por una sola vez. Esta vez se incorpora a las sociedades financieras, pues la norma incluye a los bancos, mutualistas, cooperativas de ahorro y crédito y demás entidades que hacen intermediación financiera. La enmienda al Art. 26 de la misma ley, propone la posibilidad de que el Banco Central conceda un crédito al liquidador de una entidad financiera, a fin de que pueda cumplir con el derecho de preferiencia de los pequeños ahorristas. Esto quiere decir que los depositantes podrán recuperar su dinero hasta por un monto equivalente a 2.000 unidades de valor constante (UVCs). Al momento ese valor está en alrededor de S/. 34 millones.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-005593 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio, Negocios. 8 ene. 1996, p. B.3 Disponible

Ana Lucía Armijos, presidenta de la Junta Monetaria, dijo que el propósito de los cambios es mejorar la herrmienta de control de las instituciones financieras y permitir a la Superintendencia de Bancos una vigilancia más estrictade estas entidades. La reforma al Art. 25 de la Ley de Régimen Monetario, plantea que en el caso de retiro masivo de depósitos del público, el Banco Central puede atender a las entidades financieras con una línea de liquidez hasta por 90 días, por una sola vez. Esta vez se incorpora a las sociedades financieras, pues la norma incluye a los bancos, mutualistas, cooperativas de ahorro y crédito y demás entidades que hacen intermediación financiera. La enmienda al Art. 26 de la misma ley, propone la posibilidad de que el Banco Central conceda un crédito al liquidador de una entidad financiera, a fin de que pueda cumplir con el derecho de preferiencia de los pequeños ahorristas. Esto quiere decir que los depositantes podrán recuperar su dinero hasta por un monto equivalente a 2.000 unidades de valor constante (UVCs). Al momento ese valor está en alrededor de S/. 34 millones.

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