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RENTAS SE REVISARA EL DEBITO AUTOMATICO

Tema(s): En: El Comercio, Negocios 14 sep. 1995, p. B.3Resumen: A S/. 1,7 billones asciende la suma recaudada por el fisco ecuatoriano, solo por impuestos tradicionales hasta julio de este año. El subsecretario de Rentas, Guillermo Cárdenas, informó que está listo el nuevo texto de los convenios y de la nota de débito automático. Los industriales de la provincia del Guayas se oponen al sistema aplicado por la administración de Rentas a través de las unidades de grandes contribuyentes que funcionan en Quito y Guayaquil. El problema, según ellos, radica en la forma de pago mensual del impuesto a la renta. Los contribuyentes temen que el Ministerio de Finanzas, a través de la banca privada, pueda debitar de sus cuentas pagos de diversos impuestos. El ministro de Finanzas, Mauricio Pinto, con representantes de los sectores productivos, revisó el texto y al parecer el problema se ha superado. En la nueva redacción del reglamento, se puntualiza que el contribuyente privado pagará exclusivamente la cantidad que señala en su débito, de modo que desaparece la posibilidad de que el Estado disponga, a su discreción, cualquier otro pago o valor.
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A S/. 1,7 billones asciende la suma recaudada por el fisco ecuatoriano, solo por impuestos tradicionales hasta julio de este año. El subsecretario de Rentas, Guillermo Cárdenas, informó que está listo el nuevo texto de los convenios y de la nota de débito automático. Los industriales de la provincia del Guayas se oponen al sistema aplicado por la administración de Rentas a través de las unidades de grandes contribuyentes que funcionan en Quito y Guayaquil. El problema, según ellos, radica en la forma de pago mensual del impuesto a la renta. Los contribuyentes temen que el Ministerio de Finanzas, a través de la banca privada, pueda debitar de sus cuentas pagos de diversos impuestos. El ministro de Finanzas, Mauricio Pinto, con representantes de los sectores productivos, revisó el texto y al parecer el problema se ha superado. En la nueva redacción del reglamento, se puntualiza que el contribuyente privado pagará exclusivamente la cantidad que señala en su débito, de modo que desaparece la posibilidad de que el Estado disponga, a su discreción, cualquier otro pago o valor.

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