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Proyecto urgente para condonar deudas

Detalles de publicación: Quito Grupo El Comercio C.A. 2017Descripción: p.4Tema(s): Recursos en línea: En: El Comercio Año 112 N° 41649 (15 feb. 2017)Resumen: A cinco días de elecciones, el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea, con carácter de económico urgente, el proyecto de ley para condonar los intereses a deudores del Banco Nacional de Fomento (BNF). La propuesta llegó este martes 14 de febrero al Consejo de Administración Legislativa (CAL) y se denomina Ley Orgánica para la Reestructuración de la Deuda de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional. Correa, a través de Twitter, mencionó el viernes pasado que envió una “ley para condonar costas, gastos, recargos e intereses de las operaciones de crédito del Banco de Fomento hasta USD 20 000”. En efecto, en el artículo 11 del documento recoge esta propuesta y precisa que el beneficio aplicará siempre y cuando los deudores paguen, al menos, 10% del saldo de capital, dentro de un plazo de 150 días (cinco meses) a partir de la vigencia de la ley. En mayo del año pasado, por decreto presidencial del 2015, se creó BanEcuador y el BNF empezó un proceso de liquidación voluntario. El reciente proyecto de ley se refiere solo a los clientes del BNF en liquidación y no a la cartera de crédito que maneja BanEcuador.
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A cinco días de elecciones, el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea, con carácter de económico urgente, el proyecto de ley para condonar los intereses a deudores del Banco Nacional de Fomento (BNF). La propuesta llegó este martes 14 de febrero al Consejo de Administración Legislativa (CAL) y se denomina Ley Orgánica para la Reestructuración de la Deuda de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional. Correa, a través de Twitter, mencionó el viernes pasado que envió una “ley para condonar costas, gastos, recargos e intereses de las operaciones de crédito del Banco de Fomento hasta USD 20 000”. En efecto, en el artículo 11 del documento recoge esta propuesta y precisa que el beneficio aplicará siempre y cuando los deudores paguen, al menos, 10% del saldo de capital, dentro de un plazo de 150 días (cinco meses) a partir de la vigencia de la ley. En mayo del año pasado, por decreto presidencial del 2015, se creó BanEcuador y el BNF empezó un proceso de liquidación voluntario. El reciente proyecto de ley se refiere solo a los clientes del BNF en liquidación y no a la cartera de crédito que maneja BanEcuador.

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