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Ecuador busca normar salvaguardia cambiaria

Detalles de publicación: Quito Grupo El Comercio C.A. 2017Descripción: p.4Tema(s): En: El Comercio Año 112 N° 41642 (08 feb. 2017)Resumen: El Ministerio de Comercio Exterior oficializó este martes, 7 de febrero, que el pasado 28 de octubre Ecuador presentó a la Comisión de la Comunidad Andina (CAN) la propuesta de reglamentar la aplicación de la cláusula de salvaguardia cambiaria. La salvaguardia es un gravamen que se fija a las importaciones con el fin de proteger la economía local. En Ecuador se ha aplicado, por ejemplo, para evitar el impacto de la depreciación de monedas de los Estados miembros de la CAN. El artículo 98 del Acuerdo de Cartagena (documento de conformación del bloque) establece que si la devaluación de uno de los países miembros altera las condiciones económicas de otro, el perjudicado podrá plantear el caso a la Secretaría General del órgano y, una vez verificada la perturbación económica, aplicar medidas correctivas. Sin embargo, el Ministerio de Comercio exterior no ha explicado cómo se aplicará ni el porcentaje propuesto.
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El Ministerio de Comercio Exterior oficializó este martes, 7 de febrero, que el pasado 28 de octubre Ecuador presentó a la Comisión de la Comunidad Andina (CAN) la propuesta de reglamentar la aplicación de la cláusula de salvaguardia cambiaria. La salvaguardia es un gravamen que se fija a las importaciones con el fin de proteger la economía local. En Ecuador se ha aplicado, por ejemplo, para evitar el impacto de la depreciación de monedas de los Estados miembros de la CAN. El artículo 98 del Acuerdo de Cartagena (documento de conformación del bloque) establece que si la devaluación de uno de los países miembros altera las condiciones económicas de otro, el perjudicado podrá plantear el caso a la Secretaría General del órgano y, una vez verificada la perturbación económica, aplicar medidas correctivas. Sin embargo, el Ministerio de Comercio exterior no ha explicado cómo se aplicará ni el porcentaje propuesto.

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