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El Estado reduce precios de venta de combustible en terminales de Petroecuador

Detalles de publicación: Guayaquil El Telégrafo 2016Descripción: p. 08Tema(s): Recursos en línea: En: El Telégrafo N° 47.875 (02 jun. 2016)Resumen: Desde ayer rige la nueva tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 14%; pero, como se había anunciado, el Ejecutivo emitió el Decreto 1061 estableciendo nuevos precios a los combustibles y al gas licuado de petróleo (GLP), a fin de que el incremento del tributo no impacte en los derivados de los hidrocarburos. El documento, con fecha 31 de mayo de 2016, da cumplimiento a la transitoria undécima de la recién aprobada Ley Solidaria, la cual instruye a los entes rectores de Hidrocarburos y Finanzas Públicas a “realizar los ajustes temporales que sean necesarios” para evitar el incremento del precio de venta al público de todos los combustibles y del GLP, por el aumento de 2 puntos del IVA que regirá un plazo máximo de 12 meses. El Estado, de acuerdo al Decreto 338 de 2005, tiene la facultad de regular los precios de los derivados de los hidrocarburos tomando como referencia, entre otros elementos, el porcentaje del IVA. De ahí que, cuando la Ley Solidaria se encontraba en tratamiento en la Asamblea, los distribuidores de derivados expresaron su preocupación por la posible alza de las tarifas.
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Desde ayer rige la nueva tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 14%; pero, como se había anunciado, el Ejecutivo emitió el Decreto 1061 estableciendo nuevos precios a los combustibles y al gas licuado de petróleo (GLP), a fin de que el incremento del tributo no impacte en los derivados de los hidrocarburos. El documento, con fecha 31 de mayo de 2016, da cumplimiento a la transitoria undécima de la recién aprobada Ley Solidaria, la cual instruye a los entes rectores de Hidrocarburos y Finanzas Públicas a “realizar los ajustes temporales que sean necesarios” para evitar el incremento del precio de venta al público de todos los combustibles y del GLP, por el aumento de 2 puntos del IVA que regirá un plazo máximo de 12 meses. El Estado, de acuerdo al Decreto 338 de 2005, tiene la facultad de regular los precios de los derivados de los hidrocarburos tomando como referencia, entre otros elementos, el porcentaje del IVA. De ahí que, cuando la Ley Solidaria se encontraba en tratamiento en la Asamblea, los distribuidores de derivados expresaron su preocupación por la posible alza de las tarifas.

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