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El Ministerio del Trabajo pide rectificar acuerdo

Detalles de publicación: Quito La Hora 2015Descripción: p. B. 2Tema(s): Recursos en línea: En: La Hora Año 31 N° 11200 (30 sep. 2015)Resumen: El Ministro del Trabajo, Carlos Marx Carrasco, envió ayer al Registro Oficial una fe de erratas del Acuerdo 204 de esa entidad que establece cambios para la jubilación patronal. Carrasco aseguró que únicamente se eliminará el considerando que “daría a entender cómo se ha de interpretar el salario o remuneración básica unificada mensual” al considerar que ha existido confusión en el tema, pues no se está poniendo techo. “En ningún caso la pensión mensual de jubilación patronal será mayor que la remuneración básica unificada media del último año ni inferior a treinta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30) mensuales, si solamente tiene derecho a la jubilación del empleador, y de veinte dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20) mensuales, si es beneficiario de doble jubilación”, dice el texto reformado. El texto anterior, en el considerando sexto, decía “entendiéndose a esta como el salario básico unificado al cese de las funciones del trabajador”. Esta frase es la que el ministro Carrasco pide que sea eliminada.
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El Ministro del Trabajo, Carlos Marx Carrasco, envió ayer al Registro Oficial una fe de erratas del Acuerdo 204 de esa entidad que establece cambios para la jubilación patronal. Carrasco aseguró que únicamente se eliminará el considerando que “daría a entender cómo se ha de interpretar el salario o remuneración básica unificada mensual” al considerar que ha existido confusión en el tema, pues no se está poniendo techo. “En ningún caso la pensión mensual de jubilación patronal será mayor que la remuneración básica unificada media del último año ni inferior a treinta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30) mensuales, si solamente tiene derecho a la jubilación del empleador, y de veinte dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20) mensuales, si es beneficiario de doble jubilación”, dice el texto reformado. El texto anterior, en el considerando sexto, decía “entendiéndose a esta como el salario básico unificado al cese de las funciones del trabajador”. Esta frase es la que el ministro Carrasco pide que sea eliminada.

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