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Pago de anticipo Impuesto a Renta

Detalles de publicación: Cuenca El Mercurio 2015Descripción: p. 4 BTema(s): En: El Mercurio No. 34.423 (17 jul. 2015)Resumen: Del 10 al 28 de julio del presente año, los contribuyentes deben pagar la primera cuota de anticipo del Impuesto a la Renta de 2015. La segunda cuota, deben cancelarla en septiembre conforme a los establecidos en el Reglamento para Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
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Del 10 al 28 de julio del presente año, los contribuyentes deben pagar la primera cuota de anticipo del Impuesto a la Renta de 2015. La segunda cuota, deben cancelarla en septiembre conforme a los establecidos en el Reglamento para Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

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