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EL PRECIO DEL GAS PARA LAS ACTIVIDADES REGISTRADAS EN EL RISE SUBE A USD 2

Tema(s): En: Diario de Negocios 19 mar. 2013, p. 2Resumen: Los hoteles, restaurantes y plantas de manufacturas relacionadas con la elaboración de pan, pizza, bocaditos, repostería, etc., inscritos en el RISE, deberán pagar ¢40 más por cada cilindro de gas. Esto, luego de que el 13 de marzo entrara en vigencia el Decreto Ejecutivo 1458 con una reforma para la regulación de precios de los derivados de los hidrocarburos. Ahí se fija el valor del gas para este segmento en 2. La normativa incluye a los comedores populares y todos los programas de alimentación escolar dirigidos por los Ministerios de Inclusión Económica y Educación. Además ratifica que la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) será la encargada de determinar y autorizar el número de cilindros de gas que deba asignar a los beneficiarios. Hasta la semana pasada, el precio estaba fijado en 1,60, según el Decreto Ejecutivo 1289 del 30 de agosto de 2012. En su texto señala una lista de actividades económicas que deben estar inscritas en el RISE dentro de las categorías 1 y 2 para acceder al precio de ¢0,1066667 por kilogramo, es decir, 1,60 por el cilindro de 15 kilos. Según estas categorías, aplican los negocios cuyos ingresos anuales estén entre 0 y 5 000 para el primer caso y de 5 001 a 10 mil en el segundo.
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Los hoteles, restaurantes y plantas de manufacturas relacionadas con la elaboración de pan, pizza, bocaditos, repostería, etc., inscritos en el RISE, deberán pagar ¢40 más por cada cilindro de gas. Esto, luego de que el 13 de marzo entrara en vigencia el Decreto Ejecutivo 1458 con una reforma para la regulación de precios de los derivados de los hidrocarburos. Ahí se fija el valor del gas para este segmento en 2. La normativa incluye a los comedores populares y todos los programas de alimentación escolar dirigidos por los Ministerios de Inclusión Económica y Educación. Además ratifica que la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) será la encargada de determinar y autorizar el número de cilindros de gas que deba asignar a los beneficiarios. Hasta la semana pasada, el precio estaba fijado en 1,60, según el Decreto Ejecutivo 1289 del 30 de agosto de 2012. En su texto señala una lista de actividades económicas que deben estar inscritas en el RISE dentro de las categorías 1 y 2 para acceder al precio de ¢0,1066667 por kilogramo, es decir, 1,60 por el cilindro de 15 kilos. Según estas categorías, aplican los negocios cuyos ingresos anuales estén entre 0 y 5 000 para el primer caso y de 5 001 a 10 mil en el segundo.

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