EN TARJETAS DE CREDITO NO HABRA CUPOS ILIMITADOS
Tema(s): En: Expreso 6 julio 2012, p. 5Resumen: En menos de quince días la Junta Bancaria (JB) emitió dos resoluciones que involucran a las tarjetas de crédito. La primera tiene como objetivo reducir el cupo de los tarjetahabientes. La segunda ratifica la gratuidad en los cobros de renovación y mantenimiento de estos documentos, durante 3 meses más, es decir de julio a septiembre. La normativa 2217, con fecha 22 de junio, establece que "es necesario contar con límites en el otorgamiento de los créditos de consumo, que incluyen a las operaciones de tarjetas de crédito, para minimizar el riesgo de sobreendeudamiento". Y también pone un tope a las tarjetas que se califican como ilimitadas. A efectos de identificar el perfil de riesgo de los tarjetahabientes, la JB reformó la metodología de calificación de créditos de consumo. La estimación de la renta neta mensual promedio del cliente se la obtendrá restando "el ingreso, el gasto y la cuota mensual estimada promedio que consta en el reporte de buró de información crediticia". El gasto mensual promedio estará constituido, al menos, por los siguientes rubros: alimentación, vivienda, servicios básicos, vestimenta, transporte, salud y educación. Las instituciones del sistema financiero deberán solicitar la documentación que respalde el nivel de egresos o, de ser el caso, analizar la razonabilidad de los gastos declarados por el cliente y evidenciar el ingreso real mensual del usuario.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | Expreso. 6 julio 2012, p. 5 | Disponible |
En menos de quince días la Junta Bancaria (JB) emitió dos resoluciones que involucran a las tarjetas de crédito. La primera tiene como objetivo reducir el cupo de los tarjetahabientes. La segunda ratifica la gratuidad en los cobros de renovación y mantenimiento de estos documentos, durante 3 meses más, es decir de julio a septiembre. La normativa 2217, con fecha 22 de junio, establece que "es necesario contar con límites en el otorgamiento de los créditos de consumo, que incluyen a las operaciones de tarjetas de crédito, para minimizar el riesgo de sobreendeudamiento". Y también pone un tope a las tarjetas que se califican como ilimitadas. A efectos de identificar el perfil de riesgo de los tarjetahabientes, la JB reformó la metodología de calificación de créditos de consumo. La estimación de la renta neta mensual promedio del cliente se la obtendrá restando "el ingreso, el gasto y la cuota mensual estimada promedio que consta en el reporte de buró de información crediticia". El gasto mensual promedio estará constituido, al menos, por los siguientes rubros: alimentación, vivienda, servicios básicos, vestimenta, transporte, salud y educación. Las instituciones del sistema financiero deberán solicitar la documentación que respalde el nivel de egresos o, de ser el caso, analizar la razonabilidad de los gastos declarados por el cliente y evidenciar el ingreso real mensual del usuario.
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