UN AÑO DE PRUEBA PARA EL 1 POR CIENTO
UN AÑO DE PRUEBA PARA EL 1 POR CIENTO
Un año es el plazo que tendrá de prueba el impuesto del 1 por ciento al movimiento de capital, de acuerdo a lo que establece el proyecto de ley de Reforma Tributaria y Financiera que el Ejecutivo envió al Legislativo. Sí luego de ese lapso de vigencia se constata que la proyección de su rendimiento anual será inferior al 3 por ciento del producto interno bruto (PIB), el presidente de la República podrá dejarlo insubsistente. Como consecuencia, volvería a regir el impuesto a la renta.
ECUADOR REFORMA TRIBUTARIA TRIBUTACION IMPUESTOS IMPUESTO A LA RENTA LEGISLACION ECONOMICA POLITICA FISCAL
REFORMA TRIBUTARIA
11
1nac
EC
Un año es el plazo que tendrá de prueba el impuesto del 1 por ciento al movimiento de capital, de acuerdo a lo que establece el proyecto de ley de Reforma Tributaria y Financiera que el Ejecutivo envió al Legislativo. Sí luego de ese lapso de vigencia se constata que la proyección de su rendimiento anual será inferior al 3 por ciento del producto interno bruto (PIB), el presidente de la República podrá dejarlo insubsistente. Como consecuencia, volvería a regir el impuesto a la renta.
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