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OTRAS CARAS DE LA DEUDA

Por: Tema(s): En: El Telégrafo 27 ago. 2003, p. A. 4Resumen: Hasta ahora se habla de la deuda externa como de una obligación ética, moral, obligante en justicia, como todo contrato legal. Las deudas hay que pagarlas, aunque ello resulte oneroso al deudor a lo más se puede convenir en una dilación de los pagos, naturalmente cargando los intereses de ley. En los préstamos al Tercer Mundo, a América Latina, a Africa, se dieron créditos a Gobiernos dictatoriales, "de facto fantasmas, que dilapidaron esos fondos, comprando armas para sus partisanos, lucrando sus ganancias particulares; y eran Gobiernos que no representaban realmente al pueblo, ni sus intereses. Todo eso lo conocían los prestamistas. ¿Quién es, entonces, el responsable de esas deudas impagables?. En USA mismo se ha creado la fórmula de fodious debts", deudas odiosas, que no deben ser pagadas; no es legal su pago. Por otro lado, el Derecho Internacional, y varias declaraciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU reconocen que no se deben cobrar unas deudas cuyo servicio aniquilaría muchos derechos humanos básicos, cuyo pago supondría un costo irracional e inhumano: el hambre, la falta de trabajo, la eliminación de apremiantes deudas sociales internas, y los peligros de desestabilización social en el país. Y todo eso es justamente lo que está ocurriendo en muchos pueblos deudores de: Tercer Mundo. Es preciso reflexionar sobre estas caras de la deuda, dialogar honestamente entre las partes; no entender la condonación, total o parcial, como una concesión de caridad, de buena voluntad sino como una exigencia de la justicia internacional, y la única salida para que sea posible una globalización del desarrollo y de la hermandad de las naciones.
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Hasta ahora se habla de la deuda externa como de una obligación ética, moral, obligante en justicia, como todo contrato legal. Las deudas hay que pagarlas, aunque ello resulte oneroso al deudor a lo más se puede convenir en una dilación de los pagos, naturalmente cargando los intereses de ley. En los préstamos al Tercer Mundo, a América Latina, a Africa, se dieron créditos a Gobiernos dictatoriales, "de facto fantasmas, que dilapidaron esos fondos, comprando armas para sus partisanos, lucrando sus ganancias particulares; y eran Gobiernos que no representaban realmente al pueblo, ni sus intereses. Todo eso lo conocían los prestamistas. ¿Quién es, entonces, el responsable de esas deudas impagables?. En USA mismo se ha creado la fórmula de fodious debts", deudas odiosas, que no deben ser pagadas; no es legal su pago. Por otro lado, el Derecho Internacional, y varias declaraciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU reconocen que no se deben cobrar unas deudas cuyo servicio aniquilaría muchos derechos humanos básicos, cuyo pago supondría un costo irracional e inhumano: el hambre, la falta de trabajo, la eliminación de apremiantes deudas sociales internas, y los peligros de desestabilización social en el país. Y todo eso es justamente lo que está ocurriendo en muchos pueblos deudores de: Tercer Mundo. Es preciso reflexionar sobre estas caras de la deuda, dialogar honestamente entre las partes; no entender la condonación, total o parcial, como una concesión de caridad, de buena voluntad sino como una exigencia de la justicia internacional, y la única salida para que sea posible una globalización del desarrollo y de la hermandad de las naciones.

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