Imagen de Google Jackets

MULTAS MILLONARIAS 'SIN TOPE' INQUIETAN A LOS EMPRESARIOS

Tema(s): En: El Universo 21 feb. 2012, p. 5Resumen: Las sanciones dispuestas en la Ley de Control de Poder del Mercado (conocida como Ley Antimonopolio) preocupan a los empresarios, pues especialistas indican que los parámetros para su aplicación no son claros y dejan lugar a la interpretación. Entre los temas que más expectativas generan está la posibilidad de la implementación de sanciones sin techo o las sanciones gremiales. Además de los costos de las multas de entre el 8 por ciento y el 12 por ciento del volumen de negocios. René Sánchez, especialista en temas antimonopolio, explica que, según la normativa, si no se puede calcular el volumen de negocios de una empresa y esta tiene una infracción muy grave, el monto a pagar se puede cobrar desde las 40 mil remuneraciones básicas unificadas (unos 11,68 millones). Sánchez remarca que el peligro de esta disposición es que no existe techo para el cobro y tampoco se especifica cuáles serían las razones para no poder obtener el volumen de negocios de una empresa.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Signatura Info Vol Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Universo. 21 feb. 2012, p. 5 Disponible

Las sanciones dispuestas en la Ley de Control de Poder del Mercado (conocida como Ley Antimonopolio) preocupan a los empresarios, pues especialistas indican que los parámetros para su aplicación no son claros y dejan lugar a la interpretación. Entre los temas que más expectativas generan está la posibilidad de la implementación de sanciones sin techo o las sanciones gremiales. Además de los costos de las multas de entre el 8 por ciento y el 12 por ciento del volumen de negocios. René Sánchez, especialista en temas antimonopolio, explica que, según la normativa, si no se puede calcular el volumen de negocios de una empresa y esta tiene una infracción muy grave, el monto a pagar se puede cobrar desde las 40 mil remuneraciones básicas unificadas (unos 11,68 millones). Sánchez remarca que el peligro de esta disposición es que no existe techo para el cobro y tampoco se especifica cuáles serían las razones para no poder obtener el volumen de negocios de una empresa.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.