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MINISTRO ESPINOSA ESPERA PAGO DE LA CERVECERIA

Tema(s): En: El Comercio 6 mayo. 2011, p. 8Resumen: El litigio laboral que mantiene la Cervecería Nacional (CN) con más de 1 200 ex trabajadores parece que entró en su etapa final. Ayer el ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, dijo que su Cartera está lista para ejecutar la resolución del juez Duodécimo de lo Civil de Guayas, Pedro Iriarte, que dispuso el pago de los USD 90,9 millones por utilidades atrasadas. Iriarte emitió la última resolución el 3 de mayo pasado y puso como plazo 48 horas para que la CN deposite el monto ordenado por los jueces. En caso de que no cumpla con el pago se aplicará una multa igual al monto ordenado. Es decir, deberá cancelar más de USD 180 millones y tendrá un plazo de 30 días. Según Espinosa, si la Cervecería no cancela los USD 90 millones deberán pagar una multa equivalente a ese valor ya que así lo dispone el artículo 106 del Código de Trabajo. "Hay que hacer cumplir la disposición del juez, caso contrario caeríamos en desacato y hasta podría ser destituido si no la hago cumplir", comentó.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO El Comercio. 6 mayo. 2011, p. 8 Disponible

El litigio laboral que mantiene la Cervecería Nacional (CN) con más de 1 200 ex trabajadores parece que entró en su etapa final. Ayer el ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, dijo que su Cartera está lista para ejecutar la resolución del juez Duodécimo de lo Civil de Guayas, Pedro Iriarte, que dispuso el pago de los USD 90,9 millones por utilidades atrasadas. Iriarte emitió la última resolución el 3 de mayo pasado y puso como plazo 48 horas para que la CN deposite el monto ordenado por los jueces. En caso de que no cumpla con el pago se aplicará una multa igual al monto ordenado. Es decir, deberá cancelar más de USD 180 millones y tendrá un plazo de 30 días. Según Espinosa, si la Cervecería no cancela los USD 90 millones deberán pagar una multa equivalente a ese valor ya que así lo dispone el artículo 106 del Código de Trabajo. "Hay que hacer cumplir la disposición del juez, caso contrario caeríamos en desacato y hasta podría ser destituido si no la hago cumplir", comentó.

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