LA REFORMA TRIBUTARIA DISCRIMINA
Tema(s): En: Expreso 15 jun. 2010, p. 7Resumen: Las últimas reformas en materia tributaria no solo harán que el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaude más, también discriminan a las familias, según expertos. El Decreto Ejecutivo 374 publicado en el Suplemento del Registro Oficial 209 del 8 de junio de 2010 expide el nuevo Reglamento de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y limita los gastos deducibles a partir de 2011. Este indica que solo los gastos en salud se podrá deducir el ciento por ciento; en el resto: educación, vestimenta, alimentación y vivienda solo el 25 por ciento. "Si bien en salud puede gastar el máximo de 11.583,00, si lo hace ya no podría gastar en ningún otro rubro, a enfermarse más y comer menos", dice el experto Carlos David Calero, director general de El Asesor Contable. "Al realizar una compra de un bien o servicio, se está generando una renta la cual paga su respectivo impuesto, entonces si ese gasto realizado ya generó y pagó el impuesto, ¿por qué motivo no se puede utilizar la totalidad de dichos gastos y debemos únicamente deducir lo que 'permiten' sin considerar si mis gastos pueden sobrepasar dichos límites?", señala en cambio Carlos Mackliff, de Probitas Consultores Cía. Ltda.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | Expreso. 15 jun. 2010, p. 7 | Disponible |
Las últimas reformas en materia tributaria no solo harán que el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaude más, también discriminan a las familias, según expertos. El Decreto Ejecutivo 374 publicado en el Suplemento del Registro Oficial 209 del 8 de junio de 2010 expide el nuevo Reglamento de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y limita los gastos deducibles a partir de 2011. Este indica que solo los gastos en salud se podrá deducir el ciento por ciento; en el resto: educación, vestimenta, alimentación y vivienda solo el 25 por ciento. "Si bien en salud puede gastar el máximo de 11.583,00, si lo hace ya no podría gastar en ningún otro rubro, a enfermarse más y comer menos", dice el experto Carlos David Calero, director general de El Asesor Contable. "Al realizar una compra de un bien o servicio, se está generando una renta la cual paga su respectivo impuesto, entonces si ese gasto realizado ya generó y pagó el impuesto, ¿por qué motivo no se puede utilizar la totalidad de dichos gastos y debemos únicamente deducir lo que 'permiten' sin considerar si mis gastos pueden sobrepasar dichos límites?", señala en cambio Carlos Mackliff, de Probitas Consultores Cía. Ltda.
No hay comentarios en este titulo.