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ADIOS A BALANCES DEL BCE

Tema(s): En: Hoy 22 feb. 2010, p. 9Resumen: El 12 de octubre pasado, el presidente Rafael Correa envió a la Asamblea Nacional un proyecto de reforma que elimina la obligación del Banco Central del Ecuador (BCE) de divulgar semanalmente balances de los sistemas de canje, reserva financiera y operaciones. Al mismo tiempo, plantea la realización de un balance único "y fusionar los que se extinguen por esta Ley". El proyecto reforma el artículo 2 de la Ley Orgánica de Régimen Monetario y Banco del Estado, publicada en el Registro Oficial, en enero de 2006. Allí se establece que dentro del Balance General del BCE se crean los sistemas de canje, de reserva financiera y de operaciones, los cuales mantendrán contabilidad separada e independiente. Por otro lado, uno de los acápites del art. 2 señala que el sistema de operaciones no podrá adquirir o invertir en bonos del Estado ecuatoriano, pero podrá recibirlos exclusivamente para su capitalización o para realizar las operaciones de reporto en dólares de los EE. UU. Además determina que el BCE deberá divulgar, por lo menos semanalmente, y por los medios que considere apropiados, los balances de los sistemas señalados. El mandatario fundamenta el proyecto en el hecho de que la Constitución de Montecristi integra el manejo económico del Estado, y establece que las políticas antes controladas y aplicadas por el BCE ahora serán manejadas por el Ejecutivo. También sostiene que la forma de presentación de un balance general no debe estar normado en una ley, y que se deben eliminar procedimientos y mecanismos "que ya no son aplicables ni congruentes con la legislación actual".
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO Hoy. 22 feb. 2010, p. 9 Disponible

El 12 de octubre pasado, el presidente Rafael Correa envió a la Asamblea Nacional un proyecto de reforma que elimina la obligación del Banco Central del Ecuador (BCE) de divulgar semanalmente balances de los sistemas de canje, reserva financiera y operaciones. Al mismo tiempo, plantea la realización de un balance único "y fusionar los que se extinguen por esta Ley". El proyecto reforma el artículo 2 de la Ley Orgánica de Régimen Monetario y Banco del Estado, publicada en el Registro Oficial, en enero de 2006. Allí se establece que dentro del Balance General del BCE se crean los sistemas de canje, de reserva financiera y de operaciones, los cuales mantendrán contabilidad separada e independiente. Por otro lado, uno de los acápites del art. 2 señala que el sistema de operaciones no podrá adquirir o invertir en bonos del Estado ecuatoriano, pero podrá recibirlos exclusivamente para su capitalización o para realizar las operaciones de reporto en dólares de los EE. UU. Además determina que el BCE deberá divulgar, por lo menos semanalmente, y por los medios que considere apropiados, los balances de los sistemas señalados. El mandatario fundamenta el proyecto en el hecho de que la Constitución de Montecristi integra el manejo económico del Estado, y establece que las políticas antes controladas y aplicadas por el BCE ahora serán manejadas por el Ejecutivo. También sostiene que la forma de presentación de un balance general no debe estar normado en una ley, y que se deben eliminar procedimientos y mecanismos "que ya no son aplicables ni congruentes con la legislación actual".

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