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CONDICIONES Y DESTINO DE LOS CREDITOS DE LA CHINA

Por: Tema(s): En: Hoy 18 ago. 2009, p. 1Resumen: El canciller Fander Falconí reveló ayer, en entrevista difundida por este Diario, que la China entregará al Ecuador un crédito de libre disponibilidad de US 1.000 millones y que habrán inclusive otros préstamos. Frente a las restricciones de fuentes de crédito no solo por la crisis internacional, sino por la política que aplicó el Gobierno en cuanto a la deuda comercial, es positivo conocer que se abren esas posibilidades para el país. No obstante, los fundados cuestionamientos a las condiciones de otra negociación con la China, la de la venta anticipada de petróleo de la estatal petrolera ecuatoriana a PetroChina, inducen a preguntar sobre las condiciones de este crédito adicional de otros 1 000 millones, cabe preguntar, sobre todo, cuál será el destino del dinero. La disposición constitucional no deja lugar a dudas: el numeral 3 del art. 290 establece que "con endeudamiento público se financiarán exclusivamente programas y proyectos de inversión para infraestructura o que tengan capacidad financiera de pago". En definitiva, es necesario asegurar que el endeudamiento público cumpla ese destino. Lo contrario, el que se dedique a otro tipo de gasto discrecional haría que una buena nueva, la de contar con una fuente de crédito, se torne noticia negativa. Es necesario que el Gobierno aclare las políticas generales de endeudamiento en consonancia con la nueva Constitución y, en el caso concreto de los créditos otorgados por la China, transparente sus condiciones financieras.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO Hoy. 18 ago. 2009, p. 1 Disponible

El canciller Fander Falconí reveló ayer, en entrevista difundida por este Diario, que la China entregará al Ecuador un crédito de libre disponibilidad de US 1.000 millones y que habrán inclusive otros préstamos. Frente a las restricciones de fuentes de crédito no solo por la crisis internacional, sino por la política que aplicó el Gobierno en cuanto a la deuda comercial, es positivo conocer que se abren esas posibilidades para el país. No obstante, los fundados cuestionamientos a las condiciones de otra negociación con la China, la de la venta anticipada de petróleo de la estatal petrolera ecuatoriana a PetroChina, inducen a preguntar sobre las condiciones de este crédito adicional de otros 1 000 millones, cabe preguntar, sobre todo, cuál será el destino del dinero. La disposición constitucional no deja lugar a dudas: el numeral 3 del art. 290 establece que "con endeudamiento público se financiarán exclusivamente programas y proyectos de inversión para infraestructura o que tengan capacidad financiera de pago". En definitiva, es necesario asegurar que el endeudamiento público cumpla ese destino. Lo contrario, el que se dedique a otro tipo de gasto discrecional haría que una buena nueva, la de contar con una fuente de crédito, se torne noticia negativa. Es necesario que el Gobierno aclare las políticas generales de endeudamiento en consonancia con la nueva Constitución y, en el caso concreto de los créditos otorgados por la China, transparente sus condiciones financieras.

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