SEGURIDAD SOCIAL, EN PELIGRO
Tema(s): En: Hoy 20 dic. 2004, p. A. 4Resumen: Al calvario que padecemos los afiliados al IESS se une un grave peligro en ciernes. Según versiones de prensa, varios artículos clave de la Ley de Seguridad Social, declarados inconstitucionales por el TC entre abril y mayo del año 2002, corren el riesgo de ser aplicados. Si se publican en el Registro Oficial dichas declaratorias -hasta hoy suspensas por efecto de un amparo constitucional aún pendiente-, el sistema mixto de pensiones desaparecería al eliminarse el art. 176, y parte de los artículos 167 y 122 de la Ley de Seguridad Social. Desaparecería también la capitalización del ahorro individual obligatorio que debe efectuarse a través de empresas privadas o mixtas, seleccionadas previamente por la Comisión Técnica de Inversiones del IESS, para la administración de los fondos previsionales. Se eliminarían, además, los regímenes diferenciados de jubilación por solidaridad intergeneracional y por ahorro individual y voluntario al desaparecer los tres umbrales o niveles constantes en la Ley de Seguridad Social.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | Hoy. 20 dic. 2004, p. A. 4 | Disponible |
Al calvario que padecemos los afiliados al IESS se une un grave peligro en ciernes. Según versiones de prensa, varios artículos clave de la Ley de Seguridad Social, declarados inconstitucionales por el TC entre abril y mayo del año 2002, corren el riesgo de ser aplicados. Si se publican en el Registro Oficial dichas declaratorias -hasta hoy suspensas por efecto de un amparo constitucional aún pendiente-, el sistema mixto de pensiones desaparecería al eliminarse el art. 176, y parte de los artículos 167 y 122 de la Ley de Seguridad Social. Desaparecería también la capitalización del ahorro individual obligatorio que debe efectuarse a través de empresas privadas o mixtas, seleccionadas previamente por la Comisión Técnica de Inversiones del IESS, para la administración de los fondos previsionales. Se eliminarían, además, los regímenes diferenciados de jubilación por solidaridad intergeneracional y por ahorro individual y voluntario al desaparecer los tres umbrales o niveles constantes en la Ley de Seguridad Social.
No hay comentarios en este titulo.