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OTRO DESCONGELAMIENTO EN FONDOS DE INVERSION

Tema(s): En: El Comercio 6 jul. 1999, p. A.8Resumen: Los fondos de inversión se descongelan parcialmente. El presidente de la República mediante Decreto 1049, se liberaron los fondos que hasta ayer no cumplía su plazo. Estas inversiones deberán ser pagadas en las condiciones originalmente pactadas. Si el plazo ya fue ampliado por un año más de acuerdo al decreto N°685, el monto será pagado al 14,29 por ciento mensual a partir del 1 de septiembre. Los pagos del capital se realizarán en las fechas fijadas según la negociación inicial de los intereses. Para su aplicación se considerará el capital de inversiones efectuadas por los fondos en el mercado y en documentos avalados o garantizados por instituciones del sistema financiero; en moneda nacional, extranjera o en Unidades de Valor Constante. Un segundo cambio es el descongelamiento de los fondos de inversión de personas ecuatorianas o extranjeras mayores de 65 años y de personas enfermas. Además no se aplicará el congelamiento a los depósitos en cuenta corriente o de ahorros en moneda nacional o extranjera ni a los derechos de rescate en fondos de inversión de extranjeros con calidades migratorias. Según expertos con esta decisión se liberó el 15 por ciento de S/. 2,2 billones de sucres congelados.
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Analítica de Seriada Analítica de Seriada BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO RESUM-021805 (Navegar estantería(Abre debajo)) El Comercio. 6 jul. 1999, p. A.8 Disponible

Los fondos de inversión se descongelan parcialmente. El presidente de la República mediante Decreto 1049, se liberaron los fondos que hasta ayer no cumplía su plazo. Estas inversiones deberán ser pagadas en las condiciones originalmente pactadas. Si el plazo ya fue ampliado por un año más de acuerdo al decreto N°685, el monto será pagado al 14,29 por ciento mensual a partir del 1 de septiembre. Los pagos del capital se realizarán en las fechas fijadas según la negociación inicial de los intereses. Para su aplicación se considerará el capital de inversiones efectuadas por los fondos en el mercado y en documentos avalados o garantizados por instituciones del sistema financiero; en moneda nacional, extranjera o en Unidades de Valor Constante. Un segundo cambio es el descongelamiento de los fondos de inversión de personas ecuatorianas o extranjeras mayores de 65 años y de personas enfermas. Además no se aplicará el congelamiento a los depósitos en cuenta corriente o de ahorros en moneda nacional o extranjera ni a los derechos de rescate en fondos de inversión de extranjeros con calidades migratorias. Según expertos con esta decisión se liberó el 15 por ciento de S/. 2,2 billones de sucres congelados.

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