TARIFA BASICA PARA USO DE TELEFONOS
Tema(s): En: El Universo 18 nov. 1996, p. A.2Resumen: Las tarifas telefónicas tendrán un incremento del 547 por ciento y 763 por ciento una vez que entren en valor las nuevas tablas. Los incrementos incluyen los impuestos que se pagan y que han sido ajustados, así como la tarifa básica, pulsación por minutos el tiempo empleado en cada llamada, y los costos técnicos y administrativos. Según EMETEL, todos los abonados pagaran una tarifa básica, utilicen o no el servicio telefónico. La tarifa popular aumentará en 547 por ciento, la residencial en 763 por ciento y las tarifas comercial e industrial se incrementarán en 115 por ciento. A la tarifa básica habrá que añadirle un impuesto del 25 por ciento y el valor del consumo por llamadas locales nacionales e internacionales, si las hubiere, para establecer el valor total de la planilla. Respecto a la retención del 25 por ciento del IVA, un valor igual se destina a la Empresa de Agua Potable y el 5 por ciento se asigna al deporte.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Info Vol | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Analítica de Seriada | BIBLIOTECA ECONÓMICA BCE - QUITO | RESUM-009247 (Navegar estantería(Abre debajo)) | El Universo. 18 nov. 1996, p. A.2 | Disponible |
Las tarifas telefónicas tendrán un incremento del 547 por ciento y 763 por ciento una vez que entren en valor las nuevas tablas. Los incrementos incluyen los impuestos que se pagan y que han sido ajustados, así como la tarifa básica, pulsación por minutos el tiempo empleado en cada llamada, y los costos técnicos y administrativos. Según EMETEL, todos los abonados pagaran una tarifa básica, utilicen o no el servicio telefónico. La tarifa popular aumentará en 547 por ciento, la residencial en 763 por ciento y las tarifas comercial e industrial se incrementarán en 115 por ciento. A la tarifa básica habrá que añadirle un impuesto del 25 por ciento y el valor del consumo por llamadas locales nacionales e internacionales, si las hubiere, para establecer el valor total de la planilla. Respecto a la retención del 25 por ciento del IVA, un valor igual se destina a la Empresa de Agua Potable y el 5 por ciento se asigna al deporte.
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